La CIDH condena a la República Dominicana por deportaciones colectivas a Haití entre 1999 y 2000
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SAN JOSÉ, Costa Rica (22 Octubre 2014).- La Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó hoy una sentencia en la que
declara culpable al Estado dominicano por la violación de varios derechos en
deportaciones efectuadas entre 1999 y 2000. La misma es del 28 de agosto y la anunciaron hoy 22 de
octubre.
La Corte encontró culpable a República Dominicana
por violaciones a los derechos de identidad, igualdad ante la ley, libertad
personal, garantías judiciales, protección judicial, a la familia, a la
dignidad, así como una infracción a la prohibición de expulsión colectiva de
extranjeros.
Los hechos ocurrieron entre 1999 y 2000 cuando el
Estado detuvo y expulsó del país hacia Haití de manera arbitraria a 27
personas, 22 de las cuales eran dominicanas y cinco haitianos, entre quienes
había niños, quienes vivían en República Dominicana.
"La Corte determinó la existencia, al menos
durante un período cercano a una década a partir de 1990, de un patrón
sistemático de expulsiones, inclusive mediante actos colectivos, de haitianos y
personas de ascendencia haitiana, que obedece a una concepción
discriminatoria", indica un comunicado del tribunal.
En el fallo, los jueces aseguran que los documentos
de identidad oficiales de algunas de las víctimas fueron destruidos o
desconocidos por las autoridades estatales al momento de la expulsión, mientras
que otras de las personas no tenían documentos.
"La Corte determinó que para la época de los
hechos en República Dominicana las personas haitianas y de ascendencia haitiana
comúnmente se encontraban indocumentadas y en situación de pobreza, y sufrían
con frecuencia tratos peyorativos o discriminatorios, inclusive por parte de
autoridades", agregó el tribunal.
En la sentencia, los jueces ordenaron a República
Dominicana adoptar las medidas necesarias en un plazo de seis meses, para que
Willian Medina, Awilda Medina y Luis Ney Medina cuenten con la documentación
necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicana.
El Estado también deberá realizar los trámites para
que Víctor Jean, Miguel Jean, Victoria Jean y Natalie Jean sean debidamente
registrados y cuenten con la documentación necesaria para acreditar su
identidad y nacionalidad dominicanas.
Además, debe garantizar que Marlene Mesidor pueda
residir o permanecer en forma regular en el territorio de República Dominicana.
La sentencia obliga a República Dominica a capacitar
a sus funcionarios para que no realicen deportaciones colectivas de forma
arbitraria y para que "los perfiles raciales no constituyan, de ningún
modo, el motivo para realizar una detención o expulsión".
Además, el fallo señala que el Estado debe
"regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que debe ser
accesible y sencillo, de modo de asegurar que todas las personas nacidas en su
territorio puedan ser inscritas inmediatamente después de su nacimiento
independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de
sus padres".
La CorteIDH, que tiene su sede en Costa Rica, es
parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y sus fallos son de
acatamiento obligatorio.
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