BARCAZA ESTRELLAS DEL MAR III DEBE SER REMOVIDA DEL RÍO OZAMA YA, DICE MINISTERIO MEDIO AMBIENTE
SANTO DOMINGO, República Dominicana (14 Marzo
2017).- La empresa SEABORD Transcontinental Capital Corporation deberá retirar
la barcaza Estrella del Mar III que opera en el río Ozama, luego de que el
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales le suspendiera la renovación
de licencia.
Mediante una nota, la institución indicó que la
compañía debe mudarse a otro lado de menos riesgos y contaminación.
“El Ministerio ofrecerá todas las facilidades pero
no pueden permanecer en los ríos”, apunta el organismo.
La planta deberá ser reubicada en un plazo de seis
meses calendarios. Esto será posterior a la fecha de vencimiento de su licencia
que es el 21 de marzo del 2018.
La
planta representa un riesgo potencial
La entidad precisa que aunque la planta funciona con
gas natural, un 5% de su combustible es Diesel. Este carburante representa un
riesgo potencial de contaminación por hidrocarburos en las operaciones
rutinarias.
Además, la pertinencia de la planta en el lugar
representa otro riesgo potencial de contaminación en el orden térmico. Esto se
produce al captar agua para enfriamiento a través de intercambiadores de calor
y devolverla al río.
La comunicación está firmada por la viceministra de
gestión ambiental, Zoila González de Gutiérrez. La misma precisa que “La
licencia ambiental No. 0003-01-MODIFICADA, no será renovada”.
Preservar
cuencas es prioridad
La entidad hizo referencia a los Decretos números
296-99, 530-09, 201-14, 260-14, 408-14 y 087-15. Los mismos declaran de alto
interés nacional la preservación de la cuenca alta, media y baja de los ríos
Ozama e Isabela.
La intención es regularizar las actividades
realizadas en sus riberas. También ordena al Ministerio de Medio Ambiente y
Recursos Naturales dar fiel cumplimiento
a lo establecido en los mismos.
De igual manera, el artículo tercero de la
Resolución no. 13-2016 emitida por este ministerio. Este suspende todas las
actividades que representen riesgo potencial de contaminación en el orden
físico, químico y orgánico.
Asimismo, térmico, radiactivo o de cualquier otro
orden en la cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela.
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