A PARTIR DE ESTE MARTES REPÚBLICA DOMINICANA REGULA PERMANENCIA EXTRANJEROS DEPORTISTAS

SANTO DOMINGO, República Dominicana (31 Julio 2017).- La República Dominicana pone en vigencia a partir de este martes, un instructivo para regular la entrada y permanencia en su territorio de extranjeros en calidad de deportistas.

La Dirección General de Migración (DGM) informó que esta medida obedece al creciente flujo migratorio registrado en los últimos meses, de peloteros extranjeros, en su mayoría menores de edad, que anteriormente entraban al país como turistas y excedían el tiempo máximo de estadía que la Ley otorga para esos fines.

Con la creación de este instructivo, también se previenen casos en los que los extranjeros se dedicaban a actividades deportivas a nivel profesional, sin el consentimiento de sus padres o tutores, y otras veces sin contar con el visado correspondiente para ejercer esas labores, y de no ser firmados,  quedaban en condición migratoria irregular en el país.

La gestión encabezada por el teniente general retirado, Máximo William Muñoz Delgado, titular de la DGM designó una comisión de técnicos, que luego de consultar el marco legal correspondiente, con la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y del Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), y reunirse con representantes de Major League Baseball (MLB) en la República Dominicana, elaboraron el referido instructivo y recomendaron su aprobación y posterior puesta en ejecución con efectividad a partir de este primero de agosto.

     Funcionarios gubernamentales y ejecutivos de la Major League Baseball, lo acordaron.

Igualmente se coordinó el otorgamiento de un período de gracia para que los equipos, tanto de grandes y menores ligas, que organizan los strike out, así como los demás clubes y asociaciones regionales y locales que invitan jugadores extranjeros para participar en intercambios deportivos, tengan conocimiento del procedimiento y requisitos que la Dirección General de Migración (DGM) estará exigiendo para quienes deseen ingresar al territorio dominicano en calidad de deportistas.

Los requisitos a los que hace referencia el instructivo, que están establecidos en la Ley General de Migración 285-04, son  el Visado (NM) otorgado por el MIREX, a través de una misión consular en el exterior, el pasaporte con vigencia mínima de seis (06) meses, boleto aéreo o marítimo de regreso, y dirección de estadía en la República Dominicana.

En el caso de los menores de edad, además de los requisitos antes mencionados, deberán presentar la autorización firmada por sus padres o tutores legales, debidamente apostillada en su país de origen.

Con estas disposiciones se da cumplimiento a lo estipulado en la Constitución y las leyes de la República Dominicana, y están en consonancia con lo establecido en el Derecho Internacional sobre protección de los derechos del niño.



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