CODOCAFÉ YA NO EXISTE; EL PODER EJECUTIVO PROMULGA LEY CREA EL INDOCAFÉ
SANTO DOMINGO, República Dominicana (6 Diciembre 2017).- El presidente Danilo Medina promulgó
este martes la Ley 246-17, que crea el Instituto Dominicano del Café
(Indocafé), El cual establece políticas
para regular y eficientizar la producción cafetalera en el país.
La Ley 246-17 deroga la 79-00, del 25 de septiembre
de 2000, que crea el Consejo Dominicano del Café (Codocafé). El nuevo organismo
iniciará sus operaciones en noventa días.
En el artículo 2, del primer capítulo, indica que
las disposiciones de esta ley se aplican en todo el territorio nacional.
En tanto, en el artículo 3, declara de alto interés
nacional la caficultura, por su importancia en la preservación de los recursos
naturales y su impacto en la economía de las familias rurales.
En el segundo capítulo, establece que se crea el
Indocafé como un ente público descentralizado, con autonomía administrativa,
técnica, económica y financiera, con personalidad jurídica propia y plena
capacidad para cumplir sus obligaciones, adscrito al Ministerio de Agricultura.
La sede será en el Distrito Nacional, pero tiene
jurisdicción en todo el territorio nacional y se pueden establecer otras
oficinas, conforme a las necesidades de la institución.
Funciones
El nuevo ente tiene las funciones de fomentar y
facilitar la siembra del café en toda la República Dominicana, de acuerdo con
las exigencias del cultivo y las condiciones agroclimáticas.
De igual modo, debe asesorar en materia de créditos
agrícolas a los pequeños, medianos y grandes productores de café; así como
promover cursos de capacitación y asesoramiento técnico para eficientizar y
desarrollar la producción cafetalera nacional.
Otra de sus funciones es velar por que la producción
y exportación del café clasificado como orgánico, responsa a los registros y
estándares correspondientes.
También tiene la responsabilidad de promover
estudios científicos en el país y realizar intercambios con instituciones de
otros países vinculados al café.
De la misma manera, velar por el cumplimiento de las
leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y disposiciones relativas a la
actividad cafetalera, en estrecha colaboración con los organismos del Estado.
Se encarga, además, de velar por el cumplimiento de
las políticas de buenas prácticas agrícolas referentes al desarrollo del
cultivo, centro de empaque, condiciones sanitarias y de inocuidad y otras
establecidas por organismos internacionales para garantizar la calidad del café
en el mercado nacional e internacional.
El consejo directivo
La institución será dirigida por un consejo
directivo, el cual será la máxima autoridad y el encargado de establecer y
orientar la política cafetalera de República Dominicana.
El Consejo Directivo del Indocafé es integrado por
el ministro de Agricultura, quien lo presidirá; así como por los ministros de
Medio Ambientes y Recursos Naturales y de Obras Públicas.
También por el administrador del Banco Agrícola
(Bagrícola), el director general del Instituto Agrario Dominicano (IAD) o sus
respectivos representantes y el director del Centro de Exportaciones e
Inversiones de República Dominicana (CEI-RD).
Asimismo el administrador general del Banco Nacional
de las Exportaciones (BANDEX) y los directores ejecutivos del Fondo
Especializado para el Desarrollo Agropecuario (FEDA) y del Instituto Dominicano
de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (IDIAF).
También forman parte del Consejo Directivo, seis
representantes de los productores de café, uno de la región Norte, uno de la
región Nordeste, uno de la región Sur, uno de la región Suroeste, uno de la
región Noroeste y otro de la región Este.
Asimismo, un representante de los exportadores de
café; otro de la industria cafetalera nacional y el director ejecutivo del
Indocafé, que será designado por el presidente de la República.
Traspaso
de instalaciones y equipos del Codocafé al Indocafé
El artículo 24 de la citada ley dispone que las
instalaciones, equipos y patrimonio del Codocafé, pasarán a formar parte la
nueva institución.
El personal técnico y administrativo del Codocafé
será reasignado por el director ejecutivo, atendiendo a los criterios
establecidos por la Ley de Administración Pública.
Mientras, el Poder Ejecutivo debe aprobar el
reglamento de aplicación de la Ley 246-17 en un plazo no mayor de 120 días, a
partir de su entrada de vigencia.
De su lado, el Consejo Directivo del Indocafé debe
elaborar el reglamento interno del Instituto en un plazo de noventa días.
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