LA OEA DESCONOCE COMICIOS PRESIDENCIALES VENEZUELA EN QUE FUE REELECTO NICOLÁS MADURO
WASHINGTON (5 Junio 2018).- Los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA),a probaron en el segundo y último día de la plenaria de la XXVIII Asamblea, desconocer las elecciones presidenciales de Venezuela, en que fue reelecto con menos del 7% de los votos el mandatario Nicolás Maduro.
Alternativasnoticiosas.com deja sus lectores de la Resolución aprobada por la Asamblea de la OEA.
CONSIDERANDO que la Carta de la Organización de los
Estados Americanos reconoce que la democracia representativa es condición
indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región y que
uno de los propósitos de la OEA es promover y consolidar la democracia
representativa;
REAFIRMANDO el derecho de los pueblos de las
Américas a la democracia y la obligación de los gobiernos de promoverla y
defenderla;
TENIENDO EN CUENTA que el respeto a los derechos
humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con
sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres,
justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la
soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas;
y la separación e independencia de los poderes públicos son, entre otros,
elementos esenciales de la democracia representativa;
TOMANDO NOTA del informe de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos “Institucionalidad democrática, estado de
derecho y derechos humanos en Venezuela”, publicado el 12 de febrero de 2018,
que da cuenta de la crisis política, económica, social y humanitaria en ese
país;
RECORDANDO que, mediante su resolución CP/RES. 1095
(2145/18) del 23 de febrero de 2018, el Consejo Permanente solicitó al Gobierno
de Venezuela reconsiderar la convocatoria a elecciones presidenciales e
implementar las medidas necesarias para evitar el agravamiento de la situación
humanitaria, incluida la aceptación de la asistencia ofrecida por la comunidad
internacional;
CONSIDERANDO que el agravamiento de la crisis
política, económica, social y humanitaria que ha causado un deterioro en la
calidad de vida en ese país está generando una emigración cada vez mayor de
ciudadanos venezolanos y está teniendo efectos en la capacidad de algunos
países del Hemisferio para atender las distintas necesidades, incluyendo las de
seguridad, como quedó en evidencia en la sesión del Consejo Permanente
celebrada el 30 de abril de 2018;
RECORDANDO que la resolución CP/RES. 1078 (2108/17)
del 3 de abril de 2017 declaró que había ocurrido una alteración
inconstitucional del orden constitucional de la República Bolivariana de
Venezuela;
DESTACANDO que las iniciativas diplomáticas
ofrecidas por el Consejo Permanente y emprendidas por varios Estados Miembros
han sido rechazadas por el gobierno venezolano o han fracasado hasta ahora;
RESUELVE:
1. Declarar
que el proceso electoral desarrollado en Venezuela, que concluyó el 20 de mayo
de 2018, carece de legitimidad por no cumplir con los estándares
internacionales, por no haber contado con la participación de todos los actores
políticos venezolanos y haberse desarrollado sin las garantías necesarias para
un proceso libre, justo, transparente y democrático.
2. Reafirmar
que, sólo a través de un dialogo nacional con la participación de todos los
actores políticos y otros actores interesados venezolanos, se podrá alcanzar la
reconciliación nacional y acordar las condiciones indispensables para celebrar
un nuevo proceso electoral que refleje realmente la voluntad de los ciudadanos
venezolanos y resuelva de manera pacífica la actual crisis en ese país.
3. Reiterar
que ha ocurrido una alteración inconstitucional del orden constitucional de la
República Bolivariana de Venezuela, como fue declarado en la resolución CP/RES.
1078 (2108/17) del 3 de abril de 2017.
4. Urgir
al Gobierno de Venezuela a dar pasos para garantizar la separación e
independencia de los poderes constitucionales y restaurar la plena autoridad de
la Asamblea Nacional, el Estado de Derecho y las garantías y libertades de la
población.
5. Urgir
al Gobierno de Venezuela a permitir el ingreso de ayuda humanitaria, así como a
implementar las medidas de vigilancia epidemiológica en su país para evitar el
agravamiento de la crisis humanitaria y de salud pública, en particular frente
a la reaparición de enfermedades como sarampión, malaria y difteria.
6. Instar
a los Estados miembros a implementar medidas para atender la emergencia
epidemiológica, incluyendo suministrar medicamentos, así como considerar
contribuciones a organismos internacionales competentes para fortalecer las
capacidades institucionales de los países receptores.
7. Instruir
al Consejo Permanente para que, en coordinación con las instituciones
interamericanas e internacionales competentes, identifique las medidas
apropiadas para apoyar a los Estados Miembros que están recibiendo un creciente
número de migrantes y refugiados venezolanos.
8. Hacer
un llamado a los Estados Miembros y Observadores a implementar, de conformidad
con sus respectivos marcos legales y el derecho internacional aplicable, las
medidas que estimen convenientes a nivel político, económico y financiero para
coadyuvar al restablecimiento del orden democrático en Venezuela.
9. Mantenerse
atenta al desarrollo de la situación en Venezuela con objeto de apoyar medidas
y acciones diplomáticas adicionales que faciliten la restauración de la
institucionalidad democrática y de la paz social, y promuevan el respeto
absoluto a los derechos humanos y la plena vigencia del estado de derecho, en
el marco constitucional de Venezuela y de manera consistente con sus obligaciones
y compromisos internacionales.
10. Aplicar,
en estricto apego al texto y espíritu de la Carta Democrática Interamericana,
los mecanismos para la preservación y la defensa de la democracia
representativa previstos en sus artículos 20 y 21.
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