CUBA INICIA REFORMA TOTAL A LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA APROBADA EN EL 1976
LA HABANA (5 Julio 2018).- El pueblo cubano vive
otro momento significativo de su historia: la actual Constitución de la
República —aprobada en 1976 con el apoyo del 97,7 por ciento de los
ciudadanos—, camina hacia una reforma total, en un proceso que será amplio y
trascendental.
El General de Ejército Raúl Castro Ruz, Primer
Secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, encabeza una
comisión de 33 diputados que representan a todos los sectores de la sociedad,
que les dan una visión heterogénea, desde las ciencias, a la redacción del
anteproyecto a presentarse ante la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP).
Durante un tiempo un grupo de expertos en temas
constitucionales —muchos de ellos diputados— trabajaron en la elaboración de
las bases y fundamentos para la reforma.
La Agencia Cubana de Noticias comparte con sus
lectores diez puntos claves sobre el actual proceso constitucional:
—¿Por qué los países tienen constituciones?
La Constitución es la ley fundamental sobre la que
se asienta un Estado. Establece los fundamentos de la nación, la estructura de
los poderes y sus alcances, a la vez que garantiza derechos y deberes de los
ciudadanos.
Es el documento jurídico-político más importante de
cualquier país, la ley que traza las líneas legislativas para el resto de las
normas que involucran a todos los sectores de la sociedad.
—¿Qué es una Reforma Constitucional?
La Reforma de la Constitución es la revisión parcial
o total de la Constitución de un Estado y puede llevarse a efecto de diferentes
formas.
Nuestra actual Carta Magna, en su artículo 137,
establece que la ANPP es el único órgano facultado para modificarla mediante
acuerdo adoptado —en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos
terceras partes del número total de sus integrantes— excepto en lo que se
refiere al sistema político, social y económico, cuyo carácter irrevocable lo
estipula el artículo 3 del Capítulo I, y la prohibición de negociar bajo
agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera, como se dispone en el
artículo 11.
Si la reforma se refiere a la integración y
facultades de la ANPP o del Consejo de Estado, o a derechos y deberes
consagrados en la Constitución, se requiere, además, la ratificación por el
voto favorable de la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral, en
referendo convocado al efecto por la propia Asamblea.
—¿Por qué realizarla ahora?
Para recoger en la Constitución las transformaciones
socioeconómicas realizadas en el país en todos estos años, así como implementar
una estructura estatal acorde con los tiempos actuales, todo ello en
consonancia con los acuerdos aprobados en el 6to. y 7mo. congresos del Partido
Comunista de Cuba, fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado.
En el actual escenario de cambios, también resulta
esencial reconocer otras formas de propiedad, además de incorporar al texto
constitucional contenidos de tratados y protocolos internacionales que en
materia de derechos de los ciudadanos fueron suscritos por Cuba en los últimos
años, bajo el precepto de igualdad entre las personas, sin discriminación de
ningún tipo.
Reflejar igualmente lo dicho en el Parlamento de
limitar a dos los períodos de mandato de los cargos fundamentales de la nación,
debería quedar plasmado en la nueva Ley de leyes.
Se trata de cambiar la Ley suprema del país para
tener un Estado y Gobierno más funcional y moderno que vaya a la par de los
cambios en la nación, contemplados en los documentos aprobados por el Partido
Comunista de Cuba: Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo
Socialista, las Bases del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta
el 2030 y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la
Revolución.
—¿Qué pasos contempla un proceso de este tipo?
Los primeros pasos ya fueron dados: la Asamblea
Nacional del Poder Popular acordó comenzar el proceso y comisionó a 33 de sus
diputados para realizar el anteproyecto de Constitución a discutirse, artículo
por artículo, en el plenario del Parlamento y que se someterá a votación en dicho
seno.
El proyecto de Carta Magna luego pasará por un
amplio proceso de discusión popular a lo largo y ancho del país, como ha sido
práctica en Cuba a través de la historia de la Revolución. Cada ciudadano podrá
expresar sus criterios y sugerir cambios al documento normativo.
Los debates en los barrios y centros de trabajo han
de reflejar la genuina expresión de participación y democracia popular, poco
común en el mundo, máxime cuando se revisa lo sucedido en procesos
constituyentes similares en otras naciones.
Cada una de las opiniones y propuestas serán
valoradas por la comisión parlamentaria. Un proyecto de Constitución
actualizado como resultado de ese proceso volverá a la Asamblea Nacional, se
discutirá nuevamente y el texto será sometido a ratificación en referendo
popular mediante el voto directo y secreto de cada ciudadano.
—¿Es necesario realizar un referendo para aprobar la
nueva Constitución?
Sí. Lo mandata la Ley de leyes vigente. Un referendo
es un método de participación ciudadana mediante el cual el pueblo puede
aprobar o rechazar una ley u otra disposición jurídica a través del sufragio.
Cuando se realice el referendo, cada ciudadano cubano tendrá la oportunidad de
votar por la aprobación de la nueva Constitución con una simple cruz en la
casilla con el SI o el NO.
—¿Por qué una Reforma Constitucional desde la ANPP y
no convocar a una Asamblea Constituyente?
La actual Constitución de la República no prevé un
mecanismo de reforma a través de una Asamblea Constituyente.
El artículo 69 de la Constitución vigente establece
que la Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del
Estado y representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo; en tanto
en el 70 se señala que es el único órgano con potestad constituyente y
legislativa en la República, por lo que no es necesario convocar a una Asamblea
Constituyente —como en otros países— porque la nuestra en sí misma lo es desde
que se concibió en 1976.
—¿Por qué una reforma total y no parcial de la Constitución?
Una reforma total de la Constitución implica cambios
profundos a la Carta Magna y que desemboca en el nuevo instrumento. Se eliminan, aumentan o se
modifican casi la totalidad de los artículos.
Parciales fueron las reformas realizadas a la
Constitución de 1976 en los años 1978, 1992 y 2002.
A la estructura de la actual Carta Magna se le
incorporarán nuevos títulos, capítulos y un articulado mayoritariamente nuevo.
—Si de principios se trata, ¿cuáles no variarán en
la nueva Ley Fundamental de la República?
Se tienen en cuenta de la actual Constitución los
principios de justicia social y humanistas que configuran el sistema político y
se consideran pilares inconmovibles, como es el caso de la irrevocabilidad del
sistema socialista, la unidad del pueblo y el papel dirigente del Partido como
vanguardia organizada y fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado.
En suma, la nueva Constitución significará la
modernización y evolución de los preceptos humanistas defendidos por la Revolución
y refrendados históricamente por los cubanos.
—¿Qué beneficios en lo personal brinda una nueva
Constitución?
También conocidas como Ley de leyes o Carta Magna,
se escriben bajo el principio de que sirvan de guía para elaborar instrumentos
legales más específicos. Establece deberes y derechos y como diría el Apóstol
cubano, José Martí, contribuye a que la «ley primera de nuestra República sea
el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre».
En lo personal cada cubano tiene en su Constitución
un instrumento de defensa de sus derechos y una brújula para con sus deberes.
Un nuevo texto constitucional es un mensaje muy
claro: en Cuba prima la legalidad socialista y el apego a las leyes.
—¿Cuántas se han redactado en Cuba?
La mayor de las Antillas tiene una vasta historia
constitucional. Siete han sido redactadas desde que comenzaron nuestras luchas
independentistas en 1868.
La constitución actual fue aprobada el 24 de febrero
de 1976, en referendo popular, justamente cuando se cumplía el aniversario 81
del comienzo de la Guerra de 1895, cuyo organizador principal fue José Martí,
Apóstol de la Independencia.
En la historia cubana sobresale que apenas seis
meses después de iniciada la lucha armada, los patriotas confeccionaron y
aprobaron la Constitución de Guáimaro, el 10 de abril de 1869, en plena guerra
y con artículos sumamente radicales a favor de las masas populares.
Otras de la etapa mambisa fueron la de Baraguá, en
1878, con apenas cuatro artículos; la de Jimaguayú, en 1895, y la de La Yaya,
en 1897.
Durante el siglo XX destacan: la de 1901, cuando
ocurría la Ocupación Militar de Estados Unidos aquí, lo cual impidió que fuera
más avanzada, y la de 1940, considerada una de las más progresistas hasta ese
momento en América.
Por JORGE LEGAÑOA ALONZO/Juventud Rebelde
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