CENTRALES SINDICALES MOTIVAN SU RETIRO DE DISCUSIONES PARA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO LABORAL
SANTO DOMINGO, República Dominicana (28 Marzo 2019).- Las
Confederaciones Sindicales, Nacional de Trabajadores Dominicanos
(CNTD), Autónoma Sindical Clasista (CASC) y Nacional de Unidad Sindical (CNUS) emitieron un comunicado donde explican que
se retiran de diálogo para la modificación del Código Laboral por desacuerdos
con el Gobierno y empresarios.
Alternativasnoticiosas.com deja a sus lectores la comunicación íntegra enviada a este medio:
Las
Confederaciones Sindicales; Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos
(CNTD), Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC) y Confederación
Nacional de Unidad Sindical (CNUS), se sienten altamente preocupadas por la
rotura de la paz laboral que inexplicablemente desde los sectores empresariales
y gubernamentales se está promoviendo. Esta afirmación lamentable, nos vemos
obligados a hacerla a partir de los anteproyectos de reformas no consensuados
tripartitamente, como había sido prometido por el Señor Presidente, que fueron
sometidos por el Poder Ejecutivo ante el Congreso Nacional y que consisten en:
PRIMERO:
Retirar del dialogo que se venía sosteniendo sobre la modificación al código
laboral, el tema de la cesantía, transfiriéndolo del Artículo 80 de la Ley 16/92 o Código de
Trabajo al proyectado Instituto Nacional de Riesgos Laborales, que además de la
misión para lo cual supuestamente será creado, asumiría la protección por
desempleo y desahucio, cuando los/as Trabajadores/as sean dejados cesantes por
sus empleadores. Eso por supuesto, implica que la cesantía laboral sería
calculada en base al mínimo vigente en el sector de la economía al que
pertenezca el trabajador, tomando en cuenta la existencia de más de 14 salarios
mínimos en el país y cuya aplicación también aboliría el contenido de la Ley
Laboral que establece el cálculo de las prestaciones sobre los promedios
salariales del último año o fracción del último año, lo que quiere decir en
resumen, que el/la trabajador/a tendría pérdida doble en esta absurda
pretensión de eliminar la cesantía de la ley laboral.
SEGUNDO:
Consideramos que el cumplimiento de la ley 87-01 en el mandato otorgado para la
adecuación del IDSS, 18 años después lamentablemente, no se asumió, esta
situación generó una mayor carencia y precariedad en la mayoría de los
servicios que presta a los trabajadores afiliados el IDSS, y una incertidumbre
permanente en los empleados por su permanencia en el empleo, por lo que
demandamos al gobierno dominicano garantice el puesto de trabajo a los
trabajadores del IDSS.
Además el
Gobierno garantice el tripartismo en el Instituto Nacional de Riegos Laborales
(INARIL), con la participación de las tres centrales principales del país, y
asegure una pensión digna con su último salario a los trabajadores del IDSS,
con más de 20 años de labor en esa Institución o complemente con el servicio al
Estado Dominicano, así como asegurar que todos los trabajadores tenga derecho
de recibir una pensión, le sea garantizada.
TERCERO: En
el paquete de anteproyecto enviado por el Señor Presidente de la República hay
un punto que llama poderosamente la atención, resulta que funcionarios del
gobierno y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) en ausencia de los
sujetos fundamentales que son los trabajadores del sistema de pensiones, se
reunieron para acordar que en escala descendente, el monto de las ganancias de
las AFPs va a ser reducido para con el ahorro de 40 Mil Millones, supuestamente
aumentar las futuras pensiones de los/as afiliados/as, pero ocurre que en los
hechos las AFPs resultarían altamente gananciosas porque en resumen el volumen
crecería vertiginosamente y la seguridad de estas instituciones para sus
ganancias no dependería del resultado de las ganancias obtenidas por
inversiones, sino del monto de los fondos acumulados.
CUARTO: Vale
resaltar el hecho de que en este momento se debate en el país lo referido al
tema del salario mínimo de los/as trabajadores/as del sector privado no
sectorizado y resulta que el sector empleador condiciona el dar una respuesta a
la propuesta de aumento salarial a que se acepte lo que ellos denominan una
nueva clasificación de empresa. Hemos dicho y repetido hasta la saciedad, que
el Comité Nacional de Salario (CNS) es un escenario para propuesta que tienen
que ver con sus fines como son los montos de salarios mínimos según tipo de
empresas y tal como está establecido. Dos asuntos en esta materia deben estar
claros: a) Con la clasificación empresarial propuesta por el empresariado, el
mínimo mayor prácticamente no sería pagado por ninguna empresa y b) ¿Qué dirían
los señores empresarios si el movimiento sindical le propone que aceptamos la
clasificación si se comprometen a pagar como mínimo el costo de la canasta
promedio de 30 Mil pesos?.
QUINTO:
Continuaremos nuestra luchas para hacer realidad la atención primaria para os
trabajadores y su familia del régimen contributivo como mana la ley 87-01.
Dada la
situación que hemos descrito, el movimiento sindical como primera acción ha
decidido la convocatoria para el próximo miércoles 10 de abril del año en
curso, a partir de las 10.00 a.m. de una Gran Marcha por los derechos de los/as
trabajadores/as que partirá del Parque Enriquillo al Palacio Nacional; llamamos
a la clase trabajadora sindicalizada y no sindicalizada y a toda la sociedad
solidaria a marchar por las demandas
reivindicativas de nuestro sector.
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