CUBA LEGALIZA LA VIGILANCIA ELECTRÓNICA SIN ORDEN JUDICIAL
LA HABANA (22 Noviembre 2019).- Cuba incorporó a su
legislación la autorización para realizar investigaciones encubiertas y emplear
vigilancia electrónica, con lo que se suma a una tendencia en el continente.
Pero a diferencia de los países de la región, éstas podrán realizarse sin la
orden de un juez.
El decreto-ley firmado por el presidente Miguel
Díaz-Canel permite además las figuras legales de “agente encubierto” y
“colaborador eficaz”, quienes estarán exentos de responsabilidad penal, y
también incluye la “entrega vigilada”.
Según publicó la Gaceta Oficial, la ley busca
regular “las técnicas especiales de investigación” y “reforzar el ordenamiento
penal interno... con el objetivo de elevar la efectividad en la prevención y
enfrentamiento de los delitos”, especialmente el lavado de dinero y el
terrorismo.
De acuerdo con la norma las investigaciones
encubiertas son operaciones realizadas por agentes entrenados por el Ministerio
del Interior, el colaborador eficaz es un acusado que ofrece información para
evitar que se cometa un delito y obtiene clemencia por ello y la entrega
vigilada consiste en permitir que mercancías sospechosas se muevan pero con
seguimiento.
En tanto, la vigilancia electrónica va desde las
escuchas, la grabación de voces, el seguimiento, la toma de fotografías y la
filmación, así como la interceptación de comunicaciones de cualquier tipo y
acceso a sistemas computarizados.
Para hacer efectivo el uso de estas técnicas la
policía deberá pedir autorización al fiscal del caso. Si es un fiscal el que
las requiere, deberá contar con el permiso del Fiscal General de la República.
“El problema es que la misma parte que te acusa y
que sostiene esa acusación es quien decide si procede o no la aplicación de
esas técnicas”, comentó a The Associated Press el abogado Raudiel Peña. “A
partir de ahora un instructor y un fiscal pueden espiarte tanto
electrónicamente como de cualquier otra forma”.
Peña agregó que “eso crea inseguridad jurídica.
Nadie sabe a ciencia cierta cuántos instructores harán eso de ahora en adelante
de manera absolutamente discrecional” y destacó que un juez es parte imparcial
y eso explica por qué en otros países se requiere de su autorización.
Más aún, la norma establece que si no resulta
posible conseguir la autorización del fiscal, las técnicas mencionadas se
podrán aplicar y se podrá pedir permiso con posterioridad en un plazo de 24
horas.
Muchos países del continente comenzaron a incorporar
a sus legislaciones las escuchas y la posibilidad de interceptar
comunicaciones, pero en todos los casos -como México, Argentina, Guatemala,
Chile o Bolivia- éstas deben contar con el respaldo de un juez.
Estos mecanismos han sido usados en esas naciones
para desarticular bandas criminales, señalar corruptos y descubrir operaciones
de lavado de dinero y narcotráfico.
Sin embargo, no estuvieron ausentes los escándalos
con matices políticos como la utilización por parte del gobierno del
expresidente mexicano Felipe Calderón (2006-2012) de un software que
presuntamente era para detectar delincuentes y que fue manipulado para espiar a
periodistas y defensores de derechos humanos.
En Cuba, algunas figuras ahora permitidas por la ley
como el agente encubierto y el colaborador eficaz ya habían sido usadas, por
ejemplo en los juicios contra disidentes en 2001 cuando varios oficiales de
seguridad del Estado infiltrados atestiguaron contra ellos.
Además, en varias ocasiones el gobierno mostró
correos electrónicos, grabaciones de conversaciones o videos de activistas
opositores para denunciar su cercanía con grupos de poder en Estados Unidos.
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