TSE RECHAZA PRIMER PEDIMENTO DE LEONEL FERNÁNDEZ EN DEMANDA DE NULIDAD CANDIDATURA
SANTO DOMINGO, República Dominicana (15 Noviembre
2019).- El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó una solicitud de
reconsideración de la declaratoria de “extrema urgencia” que emitió el
presidente de la alta corte para el conocimiento de la Demanda en Nulidad
incoada por seis dirigentes del Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD)
que se oponen al cambio de nombre de la organización y a la candidatura
presidencial de Leonel Fernández.
El pedimento fue hecho por los abogados de Fernández
en la audiencia en la que se conocería la Demanda en Nulidad de la Plenaria
celebrada por el PTD el 16 de octubre pasado; el acuerdo suscrito el 18 entre
el presidente de la organización, Antonio Florián, y Fernández, este último
actuando en nombre de los miembros y dirigentes de La Fuerza del Pueblo; y el
Congreso Nacional Extraordinario celebrado el día 20 del mismo mes.
Nadie se lo pidió. La defensa de Fernández cuestionó
que el presidente del TSE,
Román Jáquez , dictara el Auto número 119-2019 el 11
de noviembre en curso declarando de extrema urgencia para el conocimiento del
recurso incoado por José González Espinosa, Manuel de Jesús Florián, Genry
Rodríguez, Bienvenido Reyes Shephard, Jonatan Matos Beltré y Miguel D´Oleo
Vásquez, sin que estos lo solicitaran.
Indicó que además la naturaleza del caso no permite
una declaratoria de urgencia, “pues se trata de una demanda en nulidad
ordinaria”.
Consideraron que dado el volumen de la demanda, la
naturaleza de las pretensiones que hay envueltas en ella, las cuales dijeron no
dependen únicamente de un examen de juridicidad sino que requieren de una
instrucción, la misma se pueda conocer “de extrema urgencia, con el carácter
sumario que eso conlleva”.
Excepción de incompetencia. Santiago (Chago)
Rodríguez, integrante de la defensa de los demandantes, formuló una excepción
de incompetencia del pleno del TSE para conocer del pedimento de
reconsideración de extrema urgencia hecha por defensa de Fernández, en el
entendido de que esa facultad corresponde al presidente del organismo que fue
quien dictó el auto en cuestión.
De inmediato el PTD formuló un fin de inadmisión
contra la excepción de incompetencia, alegando que la parte demandante no
indicó cuál era la jurisdicción competente para conocer de la solicitud de
reconsideración aludida.
La respuesta de los jueces
Tras el incidente
planteado por la defensa del expresidente Fernández al cual se adhirió el PTD y
La Fuerza del Pueblo, los jueces se retiraron a deliberar y , a unanimidad,
decidieron rechazar los tres planteamientos formulados.
Rechazo reconsideración de “ extrema urgencia”. El
pleno de jueces rechazó, a unanimidad, la solicitud que hizo Fernández y el
PTD, afirmando que dicha medida “se ordena no en función de la naturaleza del
caso sino en atención al calendario electoral que se desarrolla o a los hechos
concretos que rodean el caso”, e indicó que ya el periodo electoral se
encuentra abierto con la correspondiente proclama dictada por la JCE, todo ello
en atención a los artículos 29, 30, 50, 51 y 52 del reglamento
contencioso-electoral.
Aplaza audiencia y da plazos
La audiencia fue
diferida para el jueves 21 a las 10:00 de la mañana.
Los jueces además otorgaron un plazo hasta el
miércoles 20 a las 12:00 del mediodía para una comunicación recíproca de
documentos entre las partes, para que los litigantes depositen documentos vía
secretaría. Al vencimiento del mismo, le concedió otro hasta el jueves 21 a las
9:00 de la mañana para que tomen conocimiento de los mismos.
También para que el abogado Fredermido Ferreras
formalice su intervención voluntaria en la Demanda en Nulidad incoada por los
cinco dirigentes del PTD.
Defensa de Leonel
La ostentan los abogados Manuel Fermín Cabral,
Manuel Ulises Bonnelly, Miguel Valerio y Ramón Emilio Núñez. La defensa de La
Fuerza del Pueblo la llevó Namphy Rodríguez.
Demandantes
Los seis dirigentes del PTD que incoaron la Demanda
en Nulidad de las negociaciones de esa organización con Fernández están
representados por los abogados Eduardo Ramos, Rafael Sánchez, y Félix y Angel
José Vargas.
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