TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ORDENA A CLARO ENTREGAR INTERCEPTACIÓN TELEFÓNICA DE PROCURADURÍA A UNOS DE LOS ABOGADOS DEL CASO ODEBRECHT
SANTO DOMINGO, República Dominicana (23 Junio 2020).- El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a una compañía telefónica entregar información sobre la interceptación telefónica que podría haber hecho la Procuraduría General de la República (PGR) al celular del abogado Conrad Pittaluga Vicioso y coordinador de la barra de defensa de Conrado Pittaluga, uno de los imputados en el caso Odebrecht.
Al acoger un recurso de revisión Constitucional de
hábeas data hecho por Pittaluga Vicioso los jueces decidieron acoger la acción
de hábeas data y, en consecuencia, ordenó a la empresa Compañía Dominicana de
Teléfonos, SA (Claro-Codetel) entregar al accionante todas las últimas
consultas figura en los registros respecto de su teléfono móvil, las cuales
fueron entregadas en virtud de los autos de interceptaciones de telecomunicaciones
núm. 04-2018, del 23 de abril de 2018 y núm. 06-2017, del 08 de agosto de 2017,
ambos dictados por el magistrado Francisco Ortega Polanco, Juez de la
Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada, con sede en la Suprema
Corte de Justicia.
Se recuerda que durante la audiencia preliminar del
caso Odebrecht se reveló que el Ministerio Público hizo pasar el número del
abogado como si fuera del imputado, lo que motivó a este pidiendo los informes
de los productos de dichos levantamiento por considerar que la Procuraduría
podría haber tenido conocimiento de los que hablaban y planificaba la barra de
defensa, violando así el secreto cliente-abogado.
El Constitucional verificó que mediante su acción de
hábeas data, el accionante, Conrad Manuel Pittaluga Vicioso, solicitó
información que le concierne personalmente y la constancia en los registros o
bancos de datos de la Compañía, respecto de la línea móvil de la cual es
titular.
‟Este tribunal también ha comprobado que, si bien la
información solicitada por el accionante está referida o constituye parte de la
información obtenida mediante medidas de instrucción dictadas en ocasión de un
proceso penal, al ser querida por la Procuraduría General de la República, por
disposición de los autos de interceptación telefónica núm. 06-2017, de ocho (8)
de agosto de dos mil diecisiete (2017), y núm. 04-2018, de veintitrés (23) de
abril de dos mil dieciocho (2018), no menos cierto es que, con independencia de
la necesidad de esa información para los fines indicados, no se puede
restringir, en este caso específico, el derecho que tiene el señor Pittaluga
Vicioso de acceder a la información personal que de él almacena la empresa
Compañía Dominicana de Teléfonos, SA (Claro-Codetel) en su registro de banco de
datos privados.
La Procuraduría General de la República hizo creer
que el número de teléfono del hijo y coordinador de la barra de defensa de
Conrado Pittaluga Arzeno, era el imputado por el caso Odebrecht y solicitó
autorización judicial para intervenirlo, según denunció este lunes su equipo de
abogados.
La defensa denunció que el Ministerio Público podría
haber accedido no solo a conversaciones entre padre e hijo, sino también a todo
lo relacionado con la estrategia de defensa con la que enfrenta la acusación de
soborno, lavado de activos y asociación de malhechores, ya que Pittaluga Vicioso
creó grupos de WhatsApp desde donde coordinaba e intercambiaba información con
los demás abogados.
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