NI EL PRESIDENTE, VICEPRESIDENTES Y SECRETARIO GENERAL DEL PLD PODRÁN OCUPAR FUNCIONES EN ESTADO NI SER CANDIDATOS A CARGOS ELECTIVOS
SANTO DOMINGO, República Dominicana (29 Diciembre 2020).- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) decidió ampliar su Comité Central (CC) a no menos de 955 miembros, que permanecerán por un periodo de cuatro años, además de que transitoriamente para el periodo 2021-2025 ese organismo estará integrado por los 460 miembros actuales, los legisladores, alcaldes y directores municipales elegidos en las elecciones pasadas que sean miembros de la organización.
También se incluirán los miembros propuestos por el
Comité Político y 300 integrantes a ser elegidos en el nivel local, nacional y
del exterior, conforme a los criterios que se establezcan en el instructivo
aprobado para ese propósito.
Otros que pertenecerán al Comité Central serán los
presidentes provinciales y municipales de la organización, con lo que la
dirigencia del partido morado considera que será un organismo más amplio, más
horizontal y más representativo de todas las demarcaciones territoriales del
país y de las seccionales del exterior.
Ni el presidente, vicepresidentes y secretario general
podrán ocupar funciones en el Estado ni ser candidatos a cargos electivos, y en
caso que decidan aspirar deberán renunciar a las funciones partidarias que
desempeñan previo a comunicar sus aspiraciones.
En las conclusiones del IX Congreso José Joaquín Bidó
Medina se decidió que los titulares de las secretarías del partido serán
electos por 4 años, no pudiendo permanecer más de dos períodos en el cargo.
Otro punto acordado fue reducir de 10 a 5 años de militancia
partidaria como uno de los requisitos para ser miembro del Comité Central, con
lo que se busca dar más oportunidades a los jóvenes de acceder a ese organismo.
Crearán un Comité Consultivo que estará integrado por
los miembros del Comité Político que no continúen como parte de este organismo.
Comisión
de Justicia
La organización decidió la creación de una Comisión de
Justicia Electoral para que en los procesos de elecciones internas del partido
esta instancia conozca y decida sobre las diferencias que se deriven de las
impugnaciones a las decisiones de la Comisión Nacional Electoral, “asegurando
la unidad, la imparcialidad y la transparencia del proceso”.
El Comité Central podrá apelar a la figura del
Plebiscito como un mecanismo de toma de decisiones extraordinarias en aspectos
que corresponden al Congreso Ordinario y que por razones tácticas y por el bien
del partido no puedan esperar a la nueva convocatoria.
El plebiscito será convocado por el Comité Central a
propuesta del Comité Político y participará el pleno de dirigentes o el universo
de los miembros del partido.
Centro
capacitación
Como parte de los resultados del Congreso, se aprobó
crear el Centro de Formación Política y Gestión de Gobierno como un órgano de
estudios y formación en asuntos políticos, electorales y de gestión pública.
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