REPÚBLICA DOMINICANA CON REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LEY 167-21 DE MEJORA REGULATORIA Y SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES
SANTO DOMINGO, República Dominicana (29 Agosto 2022).- El presidente Luis Abinader, a través del decreto 486-22 del 24 de agosto de 2022, dictó el Reglamento de Aplicación de la Ley 167-21, de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites.
Este reglamento regula de manera más detallada los
procesos para el dictado de normas regulatorias por parte de las distintas dependencias
del Poder Ejecutivo.
Dentro de sus novedades se destaca la configuración y
desarrollo del análisis de impacto regulatorio, lo cual permitirá evaluar los
efectos positivos o negativos que puedan producir las normas, no solo antes de
su eventual entrada en vigencia, sino también durante su aplicación.
Además, el reglamento reconfigura el proceso de
consulta pública, el cual venía rigiéndose por el Decreto 130-05 que aprueba el
Reglamento de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública.
En ese sentido, las propuestas de regulaciones
económicas y sociales significativas serán sometidas a un proceso de consulta
pública de 45 días hábiles, mientras que las demás se regirán por un plazo de
20 días hábiles.
El reglamento fue producto de un trabajo conjunto del
Ministerio de Administración Pública (MAP), en su calidad de órgano de
supervisión y coordinación de la mejora regulatoria y simplificación de
trámites, y de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
A la vez, fue objeto de un amplio proceso de
socialización con los actores relevantes, para lo cual fue sometido del 1 al 28
de junio de 2022 al procedimiento de consulta pública previsto en la referida
Ley núm. 167-21.
El dictado de este reglamento se enmarca dentro del
Plan General para la Reforma y Modernización de la Administración Pública
trazado en el Decreto núm. 149-21, bajo la coordinación del MAP.
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