PLD DESAFILIA A JOSÉ LALUZ COMO MIEMBRO DE LA ENTIDAD; EXDIPUTADO Y COMUNICADOR HABÍA PEDIDO QUE LO BOTARAN EL 26 DE ABRIL DEL 2021

SANTO DOMINGO, República Dominicana (28 Octubre 2022).- “Yo no he vuelto a pisar el PLD, hasta que esa cúpula esté ahí no vuelvo. Si les da la gana que me boten, no me importa. No vuelvo hasta que no estén ahí los usurpadores de la voluntad interna del PLD”, dijo el comentarista José Laluz, exdiputado peledeista por el Distrito Nacional el 26 de abril del 2021.

Y este viernes, el Tribunal Nacional de Disciplina y Ética del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) dispuso la desafiliación de esa organización del comunicador y pasado diputado José Felipe Laluz Núñez “en virtud de su renuncia tácita y notoria” en audios y videos a los que tuvieron acceso.

Mediante resolución, el órgano disciplinario peledeísta ordenó a la Secretaría de Organización separarlo de los registros partidarios, incluyendo su membresía en el Comité Central, según se señala en un comunicado de prensa remitido por el partido morado.

En el documento hace referencia a que el órgano ha tenido acceso a diversos videos y audios en los cuales Laluz Núñez se expresa en el sentido de que ya no pertenece al PLD con “pronunciamientos marcadamente ácidos y hasta, en cierto punto, irrespetuosos respecto del Partido de la Liberación Dominicana y a su dirigencia”.

El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética está presidido por Alejandrina Germán e integrado por John Garrido, Manuel Galván, Luis García, Elic Fernández, Teodoro Ursino Reyes y Gustavo Guzmán.

Estos aseguran que la afiliación a un partido político es la manifestación libre y voluntaria de un ciudadano de pertenecer a una organización política.

Precisa además que, del mismo modo, todo afiliado a un partido, agrupación o movimiento político, goza de la prerrogativa de renunciar en cualquier momento, sin expresión de causa, en atención a lo dispuesto por el párrafo I del artículo 7 de la Ley No. 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Refiere que para que opere la renuncia de un afiliado no es condición sine qua non que la misma se haya presentado por escrito a la autoridad competente, “especialmente cuando tal renuncia se constituye en un hecho notorio, como ocurre en el caso del señor José Felipe Laluz Núñez, quien no solo se ha referido públicamente a su renuncia tácita al Partido de la Liberación Dominicana, sino que lo hizo hasta musicalmente dedicando un rap refiriendo pronunciamientos en contra la organización y expresando su salida”.

Respecto a un hecho notorio, la resolución del Tribunal Nacional de Disciplina y Ética del PLD hace énfasis en varias jurisprudencias, entre ellas la sentencia del Tribunal Constitucional C-086/16, del 24 de febrero de 2016, cuando señala que “se trata de cualquier acontecimiento conocido por todos los miembros del engranaje social, respecto del cual no hay duda ni discusión; en tal sentido, se exime de prueba, por cuanto forma parte del dominio público”.

La resolución señala que las actuaciones del exdiputado constituyen un mal ejemplo para los actuales y futuros afiliados en el PLD.

 

El referido Tribunal notificó a José Laluz Nuñez la decisión mediante acto formal de alguacil, así como a las instancias partidarias.

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