Tribunal Constitucional dominicano ratifica mediante sentencia la Ley 5880 que establece prisión y multas a quienes en alta voz, gritos, discursos y escritos públicos o epistolares alaben o exalten a los Trujillo o a su régimen tiránico
SANTO DOMINGO, República Dominicana (21 Noviembre 2023).- Sigue vigente la Ley 5880 ratificada mediante sentencia por el Tribunal Constitucional (TC) que prohíbe a "toda persona que alabe o exalte a los Trujillo o a su régimen tiránico en alta voz o por medio de gritos, discursos, escritos públicos o epistolares".
La Ley 5880 del Consejo de Estado de 1962, establece
prisión "de diez días a un año" y multas a quienes exalten al tirano,
fue declarada por el TC conforme a la Carta Magna, por lo que rechazó en cuanto
al fondo las pretensiones del abogado Ángel Polanco Sánchez y
"compartes", quienes interpusieron un recurso de inconstitucionalidad
a la misma.
La Alta Corte también rechazó una demanda del también abogado
Ruddys Antonio Mejía Tineo, que tenía el mismo objeto de sus colegas
encabezados por Polanco Sánchez en contra de la legislación de más de 60 años.
Lo
que establece textualmente la Ley 5880-62
Tiene un solo artículo, es lo siguiente: "Toda
persona que alabe o exalte a los Trujillo o su régimen tiránico, en alta voz, o
por medio de gritos, discursos, escritos públicos o epistolares, dibujos,
impresos, grabados, pinturas o emblemas se considerará y juzgará como autor del
delito contra la paz y la seguridad públicas y será castigada con prisión de
diez días a un año o multa de diez a quinientos pesos oro o con ambas penas a
la vez.
Párrafo.- En iguales penas incurrirán los que formen
parte de grupos o reuniones destinados a los fines arriba indicados o los que
hagan circular rumores relativos al posible restablecimiento del régimen de los
Trujillo por estar éste en pugna con el sistema democrático establecido por la
Constitución de la República".
La sentencia se da conocer, únicamente, a través de su
dispositivo, por la página número 10 del Comunicado núm. 71/23 de la Secretaría
del TC.
La decisión es sobre los expedientes números
TC-01-2020-0046 y TC-01-2023-0024, relativos a las acciones directas
interpuestas por Polanco Sánchez y Mejía Tineo ante el TC.
No hay comentarios.: