Presidente Abinader observa 12 artículos proyecto de Ley que regula la Cámara de Cuentas y lo devuelve a la Cámara de Diputados
SANTO DOMINGO, República Dominicana (10 Enero 2024).- Con observaciones del Poder Ejecutivo a 12 artículos contenidas en el oficio número 00300, del 5 de enero de 2024, enviado al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco el mandatario dominicano Luis Abinader observó el proyecto de ley que regula a la Cámara de Cuentas.
Destacó la parte relativa al régimen de sanciones
administrativas que la Cámara de Cuentas puede imponer a los funcionarios y
servidores de las instituciones sujetas a su control.
En esas atenciones, el mandatario decidió observar los
artículos 29, 30, 31, 32, 35, 41, 42, 45, 53, 54, 82 y 90 del proyecto de ley
que le remitiera aprobado el Congreso Nacional.
Según el artículo 103 de la Constitución, una vez
recibida la observación del presidente, el Congreso contará con un plazo de dos
legislaturas ordinarias para decidirla, de lo contrario se considera aceptada
la observación.
El artículo 102 de la Constitución prevé la
posibilidad del Poder Ejecutivo devolver a la cámara legislativa de donde
procedan aquellos proyectos de ley sobre los que tenga reparos o que entienda
puedan generar distorsiones jurídicas y administrativas.
En ese orden, en su misiva a los diputados el
gobernante señaló que “es importante para la efectividad del control externo la
existencia de un robusto régimen administrativo sancionador dirigido a los
funcionarios de los organismos auditados”, razón por la cual propuso una
redacción alternativa de dicho artículo, que incluye un amplio catálogo de
infracciones administrativas.
También se contemplan observaciones a las atribuciones
del pleno de la Cámara de Cuentas, a las convocatorias, a las atribuciones del
presidente, vicepresidente y secretario general, así como a las disposiciones
de la carrera administrativa especial que rige en el organismo de control externo
de los fondos públicos.
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