SANCIONAN CON 60 SALARIOS MÍNIMOS A LA LIDOM Y CONFEDERACIÓN BÉISBOL DEL CARIBE
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SANTO DOMINGO, República Dominicana (29 Junio 2016).-
El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del
Consumidor (Pro Consumidor) ratificó el pago de 60 salarios mínimos a la Liga
Dominicana de Béisbol (Lidom) y a la Confederación de Béisbol Profesional del
Caribe (CBPC).
El Consejo Directivo del organismo del Estado
sancionó la resolución 024-2016 de la Dirección Ejecutiva de ese organismo que
castiga con el pago 60 salarios mínimos a Lidom y a la CBPC por violar
múltiples disposiciones de la Ley 358-05 en lo referente al montaje y a la
publicidad del Derby de cuadrangulares.
En febrero pasado, la Dirección Ejecutiva de Pro
Consumidor, que dirige la doctora Anina Del Castillo, estableció la “violación
al derecho a la información veraz, completa, oportuna, suficiente y verificable
en la promoción del evento”, a raíz de que ninguno de los peloteros estelares
que fueron anunciados para el Derby de jonrones tomó parte en la actividad.
El comité organizador de la pasada Serie del Caribe
celebrada en el estadio Quisqueya Juan Marichal había anunciado la
participación en el Derby de Cuadrangulares a los estelares Vladimir Guerrero,
Robinson Canó, Miguel Cabrera y David Ortiz, quienes no asistieron a la
competencia siendo reemplazados por jugadores de los equipos que se disputaron
el clásico caribeño.
Después de ser notificados por Pro Consumidor, la
Lidom y la Confederación de Béisbol del Caribe inciaron un recurso de
reconsideración por ante la Dirección Ejecutiva de ese organismo que fue dejado
sin efecto por esa oficina mediante la resolución 024-2016.
Después de eso, ambos organismos de béisbol elevaron
un recurso jerárquico, que fue rechazado, esta vez por el Consejo Directivo
mediante la resolución 7-2016 del 25 de mayo en la que también queda ratificada
la decisión de la resolución 024-2016 del primero de abril de este año. En uno
de los “resuelve” de la disposición emanada por el Consejo Directivo de Pro
Consumidor se otorga un plazo de treinta (30) días para la interposición de un
recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior Administrativo.
Fuente: 7DÍAS.COM.DO
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