Gobierno de Puerto Rico congela precios artículos primera necesidad por tormenta Gonzalo
SAN JUAN, Puerto Rico (13 Octubre 2014).- La
secretaria interina del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), María D.
Díaz Pagán, ordenó la congelación y fijación de precios de los artículos de
primera necesidad en situaciones de emergencia.
La funcionaria del DACO prohibió aumentos en todos
los niveles de distribución y mercadeo de los precios regulares ya en vigor a
partir de la firma de esta orden.
“Tras la notificación de aviso de tormenta tropical
y vigilancia de huracán Gonzalo para Puerto Rico emitida por el Servicio
Nacional de Meteorología es posible que algunos comercios aumenten el precio de
ciertos artículos de primera necesidad. A través de esta orden el DACO velará
que los costos sean justos para los consumidores”, indicó el Díaz Pagán.
Por otra parte, el documento también establece que
todo artículo o servicio que hubiera sido anunciado en venta especial previo a
expedirse la orden deberán honrarse sus términos y condiciones hasta la fecha
límite anunciada. No se podrán alterar los términos y condiciones de venta que
pudiera resultar en el encarecimiento de algún producto o servicio. En cambio,
los precios de todo producto y servicio podrán ser reducidos.
Se declaran artículos de primera necesidad todo
producto, servicio, material, suministros, equipo y cualquier artículo objeto
del comercio que sea susceptible de ser vendido, arrendado, alquilado y que su
consumo o uso sea necesario para el consumidor como resultado de una situación
de emergencia. Incluye pero no se limita a alimentos enlatados y frescos;
medicinas, especialidades y prácticas farmacéuticas; gasolina, combustibles;
tormenteras, servicios de modificación, reparación e instalación de
tormenteras; tornillos, tuercas, clavos, expansiones, paneles de madera, soga,
tensores y herramientas; plantas eléctricas de gasolina, diesel o de gas
propano, equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación
de plantas eléctricas, de gasolina, diesel o gas propano; cisternas de agua,
equipos piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de
cisternas de aguas; equipos, piezas y tanques de combustible de estufas
portátiles; tanques y recipientes de almacenamiento de agua; tanques y
recipientes de almacenamiento de combustible; toldos y casetas de campaña;
además, baterías y linternas de todo tipo y cargadores de energía; agua, hielo,
leche, café, todo tipo de farináceos y de granos y cualquier otro artículo o
servicio que un consumidor pueda razonablemente necesitar para prepararse o
recuperarse de la situación de emergencia.
Díaz Pagán también estableció que las violaciones a
esta orden y a las leyes y reglamentos que la autorizan incluyen multas
administrativas hasta de $10 mil por cada violación cometida.
Aquellos consumidores que deseen recibir orientación
sobre este y otros temas, pueden comunicarse al 3-1-1, acceder a la página
www.daco.pr.gov, seguirnos en @dacoatufavor en Facebook, Twitter, Instagram y
Youtube o visitar cualquiera de las oficinas regionales de San Juan, Arecibo,
Caguas, Bayamón, Ponce y Mayagüez.
Fuente EL VOCERO.COM
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