El juez Castro decidirá antes de Navidad si abre juicio contra la Infanta Cristina
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PALMA MALLORCA (15 Diciembre 2014).- El juez
instructor del caso Nóos, José Castro, prevé decidir antes de Navidad si abre
juicio contra la Infanta Cristina como cooperadora necesaria de dos delitos
fiscales. Y es que el hecho de que la Duquesa haya hecho frente al pago de los
587.413 euros que le reclamaba la Fiscalía Anticorrupción no le exime de
ninguna responsabilidad penal, sino que con esta cantidad cubre de forma
cautelar las consecuencias económicas de su supuesta actuación delictiva.
La acción penal es por tanto independiente de la
civil, de tal modo que el pago del dinero no exonera a la hermana del Rey
Felipe VI de los dos delitos contra la Hacienda Pública por los que el
sindicato Manos Limpias, acusación popular en la causa, solicita ocho años de
cárcel para la imputada. Tampoco supondrá ninguna atenuante en caso de una
hipotética futura condena, según fuentes judiciales consultadas.
Es más, es Castro quien en su auto de apertura de
juicio oral deberá decidir, independientemente si envía o no a la Infanta al
banquillo de los acusados, si le impone, en respuesta a la petición de las
acusaciones, la cantidad que supuestamente ayudó a Iñaki Urdangarin a defraudar
a través de su sociedad Aizoon y a la que, con el pago efectuado este lunes, ya
habrá hecho frente cautelarmente.
El magistrado tiene, de esta forma, varias
posibilidades ante sí: podrá enviar al banquillo a la Duquesa y considerarla
responsable civil de los fondos defraudados; optar por una de las dos vías, o
archivar definitivamente su encausamiento en el caso Nóos.
La responsabilidad civil responde, en concreto, a la
cantidad de la que Cristina de Borbón se habría lucrado a través de la empresa
'pantalla' de la que es copropietaria al 50% junto a su marido y que
supuestamente sirvió a éste de instrumento para defraudar a la Agencia
Tributaria - hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF de 2007 y
2008- y desviar fondos de las Administraciones públicas.
La Audiencia Provincial de Baleares dejó en manos
del juez Castro la decisión de aplicar sobre la Infanta la llamada doctrina
Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la
acción popular -en este caso Manos Limpias- y no la Fiscalía o el perjudicado
del delito cometido. Ni Ministerio Público ni Agencia Tributaria apuntan a la
existencia de indicios criminales sobre la hermana del Rey Felipe VI.
El tribunal de la Sección Segunda hacía referencia
así a la sentencia que en 2007 dejó sentada su aplicación. La dictó el Tribunal
Supremo que, en su resolución, limitaba la acción de las acusaciones populares
al aseverar que "no puede abrirse juicio oral sólo a instancias de la
acusación popular, sino que es necesario que lo inste bien el Ministerio
Fiscal, bien el acusador particular".
Horrach
pide que se aplique la 'doctrina Botín'
Sobre esto, el fiscal Horrach presentó un escrito en
el que solicita que Castro aplique la doctrina Botín sobre la Infanta y evite
así que se siente en el banquillo de los acusados, amparándose para ello en
"elementales razones de justicia e igualdad" con aquellos ciudadanos
a quienes, por similares motivos, sí se les ha impedido ir a juicio.
"Si el titular del bien jurídico supuestamente
lesionado, la Abogacía del Estado, y el Ministerio Fiscal no ejercen la acción
penal contra una persona determinada porque legítimamente consideran que no
existe delito imputable a la misma, dicha legitimidad procesal no puede ser usurpada
por un tercero no perjudicado", asevera Horrach.
El auto que dictará próximamente el magistrado no
será recurrible en relación a aquellas personas contra las que se abra juicio
oral, mientras que sí podrá ser impugnado si el juez no abre juicio contra
quienes sí ha sido formulada acusación. Tras esta resolución, los imputados
deberán presentar su escrito de defensa y, finalmente, el caso se enviará a la
Audiencia para que ésta fije fecha para la celebración del juicio.
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