TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DICTAMINA MUJER DIVORCIADA TIENE PLAZO 10 meses para casarse

SANTO DOMINGO, República Dominicana (16 Abril 2015).- El Tribunal Constitucional (TC) declaró mediante sentencia TC/0070/15 nulo el artículo 35 de la Ley núm. 1306-Bis, defecha veintiuno (21) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937), sobre divorcio por ser contrario a la Constitución.

Otorga un plazo de 10 meses para que la mujer divorciada vuelva a casarse.

El TC declaró admisible, en cuanto a la forma, la presente acción directa de inconstitucionalidad incoada por la señora Ángela Merici Mendoza Minier contra el artículo 35 de la Ley núm. 1306-Bis, de fecha veintiuno (21) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937).


En el artículo tercero de la sentencia el TC ordena que la presente decisión sea notificada, vía Secretaría, a la accionante señora Ángela Merici Mendoza Minier y al Congreso Nacional de la República Dominicana.

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