GOBIERNO PIDE ADVERTIR ALTOS CARGOS DE CATALUÑA QUE SERÁN 'SUSPENDIDOS' SIN NO OBEDECEN AL TC
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MADRID (11 Noviembre 2015).- El recurso presentado
por la Abogacía del Estado pide al Tribunal Constitucional que advierta
expresamente al Govern y los miembros de la Mesa del Parlament de que podrán
ser suspendidos de funciones y perseguidos por un delito de desobediencia si no
acatan la suspensión de la vigencia de la declaración independentista.
La
advertencia se extiende a un total de 21 altos cargos.Así consta en el recurso
de inconstitucionalidad [lea el recurso en PDF] que la Abogacía del Estado ha
presentado hoy en registro del Alto Tribunal.
El escrito solicita al TC
"que se notifique personalmente la providencia de suspensión que se dicte
a la Sra. Presidenta del Parlamento de Cataluña, y Presidenta de la Mesa del
Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell, y al Presidente en funciones de la
Generalitat de Cataluña, Artur Mas y Gavarró".
Dado que Mas se encuentra en
funciones, el recurso precisa que la notificación personal deberá hacerse,
"en su caso, a la persona que para el desempeño del cargo de Presidente de
la Generalitat resulte nombrado como consecuencia del acto de investidura por
el Parlamento catalán recién constituido".
La petición referida a Mas y
Forcadell se extiende a seis miembros de la Mesa, al secretario general del
Parlament y a los 12 consellers.
El recurso presentado pocos minutos después de
mediodía por la abogada general del Estado, Marta Silva de Lapuerta, no se
limita a solicitar al TC que en la admisión a trámite traslade a los altos
cargos mencionados una prohibición genérica.
La Abogacía quiere que en dicha
notificación se imponga al bloque parlamentario -Mesa y secretario general-
"la prohibición expresa de admitir a trámite, ya sea para su toma en
consideración, ya para su debate o votación, iniciativa alguna de carácter
legislativo o de cualquier otra índole, que directa o indirectamente pretenda
dar cumplimiento a la resolución suspendida".
En cuanto al bloque
ejecutivo -miembros del Govern- lo que reclama es prohibir expresamente a sus
integrantes "promover iniciativa legislativa o de dictar norma de rango
reglamentario o de realizar cualquier otra actuación con la misma
finalidad".
El recurso autorizado por el Gobierno en el Consejo de
Ministros extraordinario de esta mañana se cierra añadiendo que todas esas
notificaciones personales deberán hacerse "bajo apercibimiento
expreso" de que quienes ignoren la suspensión podrían ser suspendidos de
sus funciones y perseguidos penalmente por un delito de desobediencia "en
caso de incumplimiento".
La mención a la suspensión de funciones hace referencia
directa a la reforma de la ley que regula el TC, que ahora permite
"acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados
públicos de la Administración responsable del incumplimiento", además de
"exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder".
El
Constitucional ha convocado para esta tarde a las 16.30 horas el pleno que
estudiará y previsiblemente admitirá a trámite la impugnación del Gobierno.
Los
argumentos
En cuanto al fondo del recurso, la Abogacía considera que la
resolución de puesta en marcha del proceso independentista aprobada el lunes
vulnera los artículos 1 y 2 de la Constitución: "Es claramente lesiva de
la atribución de la soberanía nacional al pueblo español establecida por la
Constitución española (art. 1.2. CE), así como de la garantía constitucional de
la "indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible
de todos los españoles", unidad que la propia norma suprema eleva a
fundamento suyo (art. 2 CE)".
También se infringe el artículo 9.1, que
establece que todos los poderes públicos -por tanto, también el Govern y el
Parlament- están sometidos a la ley y a la Constitución.
Ese cumplimiento de la
Carta Magna aparece expresamente recogido en dos artículos del Estatuto de
Autonomía, que de esa forma también habría sido vulnerado por lo aprobado el
lunes. Además, vulnera el procedimiento que la propia Constitución señala para
proceder a su reforma (art.168).
"Poder absoluto y omnímodo"
El recurso
reclama al TC la anulación íntegra de la propuesta aprobada, sin que quepa
salvar ningún apartado específico.
"Cada uno de sus nueve apartados y el
anexo se integran en la Declaración como un todo y carecen de sentido al margen
de la misma", dice la Abogacía.Aun así, los repasa uno a uno para señalar
las inconstitucionalidades que contienen.
Y es en este bloque del recurso donde
la Abogacía dirige las críticas más duras al texto aprobado.
"Se
trata", dice, "de instar al futuro gobierno a actuar contra el Estado
de Derecho y el orden constitucional y estatutario, sometido únicamente a la
arbitrariedad de entender vigentes las normas que por el Parlamento catalán
(sin exigir mayoría alguna cualificada a tal efecto) se consideren como
vigentes en cada momento, en un marco de absoluta carencia de seguridad
jurídica ni garantías para los ciudadanos, sustituyendo el imperio del Derecho
por el imperio de la arbitrariedad de una mayoría no cualificada de un
Parlamento autonómico y al margen de cualquier procedimiento válido".
Más
adelante indica que lo que se pretende es "violentar [...] la más
elemental idea democrática, puesto que se infringe abiertamente la separación
de poderes, premisa esencial de cualquier ordenamiento jurídico democrático.
Sin separación de poderes, el Parlamento catalán, o mejor dicho la mayoría no
cualificada del mismo, queda como poder absoluto y omnímodo sin límite ni
garantía alguna, desapareciendo la seguridad jurídica por
completo".
Ciudadanos 'inermes'
En el análisis del apartado que pide llevar
a cabo la "desconexión" de una manera "democrática, masiva,
sostenida y pacífica que permita el empoderamiento de la ciudadanía a todos los
niveles y se base en una participación abierta, activa e integradora", el
recurso de la Abogacía del Estado plantea una visión opuesta: "En realidad
se produce el desapoderamiento de los ciudadanos, inermes ante la mayoría no
cualificada del Parlamento catalán, privados de los derechos que se puedan
derivar del ordenamiento jurídico que no se acata, desposeídos de su derecho a
la tutela judicial efectiva".
Por MARCO MARRACO/El Mundo


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