CNE: RECLAMOS DE ASPIRANTES NADA TIENE QUE VER CON VIOLACIÓN LEYES Y ESTATUTOS DEL PLD
SANTO DOMINGO, República Dominicana (29 Diciembre
2915).- Y en una cuasi respuesta subliminal a José Montás, la Comisión Nacional Electoral (CNE) del Partido de la Liberación
Dominicana (PLD) aclaró este martes que los reclamos hechos a este organismo por
algunos aspirantes son de carácter administrativos del mismo proceso, y que no
tuvo nada que ver con violencia o violación a las leyes y Estatutos del Partido”.
La CNE informó que trabaja en los reclamos e
impugnaciones presentados sobre los resultados de las votaciones realizadas el
pasado 13 de diciembre.
En un despacho de la Secretaría de Comunicaciones
del PLD se explica que los miembros de la Comisión se han mantenido en sesión
permanente conociendo de los reclamos y solicitudes que se depositaron vía
secretaria en la Casa Nacional del PLD.
En la conferencia de prensa en la que se informó de
las acciones adoptadas en los casos de incidentes en el proceso, Lidio Cadet,
coordinador de la Comisión Electoral, adelantó que se conocerán cada uno de los
casos y en cada uno de ellos se les ofrecerán las respuestas acorde a como lo
ordena el Reglamento Electoral Interno.
“Son reclamos de carácter administrativo del mismo
proceso, que no tuvo nada que ver con violencia o violación a las leyes y
Estatutos del Partido; se estudian para más adelante dar una respuesta a cada
uno de los casos planteados. No se quedará un solo caso sin respuesta” aseveró
Cadet el pasado día 23 del corriente diciembre.
Se explica en el Reglamento Electoral en el artículo
concerniente a las impugnaciones, que la misma se debe someter por escrito a la
CNE con los motivos de la impugnación y la documentación que avale la denuncia.
La CNE ha recibido los escritos sometidos y los ha
clasificado agrupando los que son solicitudes e impugnaciones propiamente dicha
para proceder a ofrecer las respuestas correspondientes.
En el procedimiento a seguir se dice, que “una vez
recibido el recurso de impugnación, la Comisión Nacional Electoral fijará una
audiencia con la Comisión Municipal o de Circunscripción Electoral y la
Comisión de Mesa Electoral a la que corresponda el caso para conocer del
recurso.
Un plazo no mayor de diez (10) días tiene la CNE
para responder a los interesados, luego de celebrada la audiencia.


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