ADVIERTEN JUNTA DISTRITAL DE HATILLO NO PUEDE CREAR IMPUESTOS, LA LEY 82 LO PROHÍBE

SAN CRISTÓBAL, República Dominicana (31 Agosto 2016).- Las juntas distritales no están facultadas por Ley para la creación de impuestos.

Algunas como la Hatillo, tienen en su agenda el cobro de peaje.

Tampoco para realizar empréstitos (préstamos).

El artículo 82 en lo relativo a las "Atribuciones y Limitaciones del Director/a y Vocales del Distrito Municipal es claro y explícito.

En el literal "b" señala que los distritos municipales no pueden apropiar y enajenar bajo cualquier forma bienes municipales sin importar su naturaleza.

Tampoco el "autorizar el inicio de contrataciones en lo referente a licitaciones y concesiones de conformidad con la Ley que regula la materia".




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