DESCALIFICAN COMERCIO SANCIONADO POR LA DGII EN 2015 PARA SOMETER PERIODISTAS SC

Supermercado Inés cuando fue cerrado en febrero del 2015 por DGII.
SAN CRISTÓBAL, República Dominicana (7 Octubre 2016).- La clase periodística sancristobalense y del país ha descalificado a un establecimiento comercial de esta ciudad, por el sometimiento supuestamente por difamación, en contra de los periodistas Ramón González, director-propietario del digital Alternativasnoticiosas.com y el camarógrafo Alexander Vega.

La demanda fue presentada por el Supermercado Inés, uno de los varios clausurados por Dirección General de Impuestos Internos (DGII), el martes 16 de febrero del 2015, por incumplir el reglamento 254-06 de dicho organismo.

Para este lunes 10 de octubre fue aplazado el conocimiento de la audiencia en la Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de este distrito judicial y una amplia delegación del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), liderados por sus presidentes Olivo de León y José Beato, estarán en la audiencia.

También todos los medios de comunicación del país estarán respaldando a los periodistas en contra del establecimiento comercial, que clausurado por el Gobierno por evasión de impuestos en febrero del 2015, aunque posteriormente fue reabierto luego de llegar a acuerdo.

La demanda por supuesta difamación la interpuso a través de Michael Aquino.

Sin embargo, en febrero del 2012, específicamente el día 12, medios
publicaron que “Venden productos comestibles vencidos en supermercado Inés
SC. ://
www.noticiassc.com/2012/03/vende-productos-comestibles-vencidos-en.html#.V_ZYdPnhCUk

Qué no se puede esperar de un establecimiento que hasta el Estado quiera
timar,se han preguntado comunicadores.

       Escenas del cierre del Supermercado Inés en febrero del 2015.

Empero, el l pasado 16 de diciembre del 2015, la magistrada Regina Carvajal
Vizcaíno rechazó la querella de la razón social Supermercado Inés, representada por Michael Aquino, por intermedio de sus abogados constituídos, doctores Ramón Santana Trinidad y Paula Adelaida Gómez Torres, “en virtud de que los elementos probatorios aportados por el querellante fueron recogidos con inobservancia a los procedimientos establecidos en los artículos 26 y 166 del Código Penal”.

En el párrafo segundo del fallo dado por la magistrada Carvajal Vizcaíno señala lo siguiente: Declara no culpables a los señores Ramón González, periódico digital Alternativasnoticiosas y Jany Alexander Vega de los hechos imputados.


Tercero: Condena a la parte sucumbiente al pago de las costas del procedimiento a favor y provecho del licenciado Santo Domingo Rosario.

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