DANILO ENCARGA A COMISIÓN LA DISOLUCIÓN DE CORDE Y LA CREP; SUSPENDE OPERACIONES
SANTO DOMINGO, República Dominicana (13 Febrero 2017).- El presidente Danilo Medina emitió el decreto 16-17 en que dispuso que una Comisión dirija la disolución de la Corporación Dominicana de
Empresas Estatales (CORDE). Asimismo, de la Comisión de Reforma a la Empresa
Privada (CREP).
El Poder Ejecutivo también derogó el decreto 398-08, que designó a Leoncio Almánzar Objío como director general de CORDE.
La Comisión que llevará a cabo el proceso la integra
el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal.
De igual manera, el director de la Comisión
Permanente de Titulación de Terrenos del Estado, José Dantés Díaz. El director
de Ética e Integridad Gubernamental, Lidio Cadet, también forma parte.
El artículo 2 señala que la Comisión asumirá la
gestión operativa, administrativa y financiera. Esto será hasta que culmine, de
manera definitiva, el proceso de disolución.
En ese sentido, se instruyó a todas las
instituciones del Estado cooperar con los trabajos.
La Comisión deberá elaborar un proyecto de ley sobre
la disolución de la CORDE. De igual forma, sobre la transferencia de
titularidad de su patrimonio.
El artículo 3 instruye a la Comisión coordinar con
la CREP la disolución de esta última.
Mientras que el artículo 4 dispone iniciar, de
inmediato, la demanda de nulidad de ventas de las parcelas 153-A-1, 153-A-2 y
155. Los citados terrenos pertenecen al Distrito Catastral número 15 del
Distrito Nacional.
El decreto también ordena evaluar los activos de la
CORDE y hacer recomendaciones sobre su destino y uso.
Inmuebles pasarán a Bienes Nacionales y se usarán en
proyectos interés social
Los bienes inmuebles serán traspasados a la
Dirección General de Bienes Nacionales.
Se instruyó al Ministerio de la Presidencia elaborar una propuesta sobre
su utilización en proyectos de interés social.
Respecto a los pasivos, el artículo 7 señala que
serán evaluados por el Ministerio de Hacienda. De proceder, serán pagados con
los fondos asignados.
El artículo 8 indica que los recursos humanos que
laboren en la CORDE serán reubicados en otras dependencias del Estado. Se
tomará en cuenta el perfil profesional en el marco de las reglamentaciones de
esas instituciones.
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