SANTO DOMINGO, República Dominicana (26 Febrero
2018).- Otro fracaso para el PEPCA. La Primera Sala Penal de Corte de Apelación
del Distrito Nacional confirmó la sentencia que descargó al exdirector de
Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (Inapa), Alberto Holguín,
acusado de malversar alrededor de mil millones de pesos; y a la ingeniera
Sobeida Perdomo, quien fue encartada por estafa y asociación de malhechores.
El tribunal de alzada, presidido por la magistrada
Doris Pujols e integrado Rafael Báez e Indhira Montás, estableció que el
tribunal de primera instancia actuó apegado a derecho.
La defensa de Holguín, representada por José
Figueroa Güílamo y la de Perdomo, por los abogados Ingrid Hidalgo y Miguel
Valerio, solicitaron a la Corte ratificar la sentencia emitida por el tribunal
de primera instancia que dispuso la absolución de los defendidos por estar
apegada a derecho.
La Procuraduría Especializada contra la Corrupción
Administrativa (PEPCA) presentó un recurso apelación a la decisión del Primer
Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que descargó a Holguín y a Perdomo,
acusados de desfalco y prevaricación de fondos públicos por alrededor de mil
millones de pesos.
El órgano acusador adujo que la sentencia que
exoneró de responsabilidad penal a los acusados, está plagada de
contradicciones de carácter jurídico.
El Ministerio Público había pedido en primera
instancia condena de 5 y 15 años de prisión para los imputados.
El 18 de agosto del pasado año, las juezas Gisselle
Méndez Álvarez, Ingrid Fernández y Claribel Nivar, del Primer Tribunal Colegiado
del Distrito Nacional descargaron a ambos acusados por falta de pruebas.
El tribunal consideró que en las acusaciones contra
Holguín, quien además era investigado por prevaricación, asociación de
malhechores y falsificación de documentos, el Ministerio Público no presentó
las suficientes pruebas que demostraban su culpabilidad, por lo que procedió a
su absolución tanto de él como de Perdomo.
A Holguín el Ministerio Público lo acusa de mentir
en su declaración jurada de bienes al omitir varias empresas en las que tenía
acciones.
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