LA CIDH DENUNCIA DECISIÓN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DOMINICANO EN SENTENCIA 256-14 NO ES VÁLIDA
SANTO
DOMINGO, República Dominicana (25 Abril 2019).- La Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CorteIDH) reiteró mediante resolución su competencia para
conocer casos de República Dominicana relativos al derecho a la nacionalidad,
en contra de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC)
dominicano en noviembre de 2014.
En dicho
dictamen, el TC declaró inconstitucional el Instrumento de Aceptación de la
Competencia de la Corte IDH, órgano que ahora falla que, bajo el derecho
internacional, la decisión desarrollada por el Tribunal dominicano “no es
válida”.
En una
resolución publicada el pasado 23 de abril, el Tribunal Interamericano indicó
que el país no ha cumplido con la ejecución de ninguna de las reparaciones
ordenadas a personas dominicanas y haitianas expulsadas, informó este jueves la
organización Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) en un
comunicado.
El Estado
dominicano no envió representación el pasado febrero a una audiencia ante la
CorteIDH sobre la supervisión del cumplimiento de dos sentencias sobre los
casos de dos niñas conocidos como “Yean y Bósico”, relativos a apatridia y
discriminación a personas haitianas y dominicanas de origen haitiano.
Según
afirmaron representantes del Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas (MUDHA)
“el silencio del Estado dominicano y la falta de la repuesta mantienen a las
familias en una situación de angustia e intranquilidad, puesto a que su futuro
es incierto”.
En su
resolución, el Tribunal Interamericano indicó que el Estado dominicano lleva
cuatro años sin informar a la Corte sobre el proceso de cumplimiento con las
sentencias emitidas en su contra, resultando en un desacato de sus obligaciones
derivadas de la Convención Americana.
En
particular, la Corte señaló que la ausencia del Estado dominicano de la
audiencia pública realizada el 8 de febrero de 2019 constituyó una “afrenta” a
uno de los mecanismos más efectivos del Sistema Interamericano para avanzar en
el cumplimiento de sentencias, hecho que solo ha ocurrido, hasta el momento,
con el país y con Nicaragua.
La Corte
también indicó que el Tribunal Constitucional de República Dominicana “creó un
ambiente de inseguridad jurídica al emitir la decisión TC-256-14 en noviembre
del 2014, que estableció erróneamente que la Corte IDH no tenía competencia
para decidir casos contra el país y declaró inconstitucional el instrumento de
aceptación de competencia de la Corte Interamericana”.
Ante esto,
la Corte Interamericana consideró en su resolución que “esa decisión es un
obstáculo para el cumplimiento de sus sentencias, pues la fecha de su emisión
coincide con la fecha en la que República Dominicana dejó de cumplir con su
deber de informar e implementar las reparaciones ordenadas por el Tribunal
Interamericano”.
Por ello, la
Corte IDH determinó que la decisión TC-256-14, que afecta especialmente a hijos
de haitianos nacidos en el país, “no tiene validez en el derecho internacional”
y, en relación con el estado de cumplimiento de las medidas ordenadas en sus
sentencias, la Corte consideró que “el Estado no ha cumplido con ninguna”.
Sobre las
garantías de no repetición, específicamente las relativas al derecho a la
nacionalidad, entiende que “dicho incumplimiento no solo tiene un impacto
negativo en las víctimas de los casos, sino en todas aquellas personas que,
frente a la falta de adopción de las medidas ordenadas por la Corte, ven
vulnerado su derecho a la nacionalidad o se encuentran en situación de
apatridia, en particular, personas dominicanas de ascendencia haitiana nacidas
en República Dominicana.”
“La
resolución de la Corte, reconoce que el marco normativo en materia de
nacionalidad no ha variado en República Dominicana desde que la Corte emitió su
última sentencia en el año 2014, lo que sigue colocando a miles de personas en
situación o en riesgo de apatridia”.
La Cejil
recordó en la nota que, “como indica la propia Corte en su resolución, la
apatridia coloca a las personas en una situación de extrema vulnerabilidad,
pues las priva de acceso a derechos como educación, trabajo, salud, entre
otros”.
Las
organizaciones representantes de las víctimas en este caso esperan que, a raíz
de la resolución emitida, el Estado dominicano adopte medidas concretas para
avanzar en el cumplimiento de las reparaciones pendientes e informe a la
brevedad posible a la Corte Interamericana de los pasos adoptados en este
sentido.
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