FAUSTO POLANCO PRESENTA QUERELLA CONTRA LA COMISIÓN ELECTORAL DE ACROARTE
SANTO
DOMINGO, República Dominicana (23 Julio 2019).- El periodista Fausto Polanco dijo hoy que ante la decisión de Carlos
Cepeda Suriel y Maura Alcántara, de declarar ganadora a la plancha amarilla y
su candidato Alexis Beltré, “reviviendo” un voto nulo, decidió demandar a la
Junta Electoral de la Asociación de Cronistas de Arte (Acroarte) en nulidad de
la resolución que lo declaró vencedor ilegalmente el pasado 8 de este mes.
El doctor
Teobaldo Durán, abogado de la parte demandante, expresó que Polanco estuvo todo
el tiempo tratando de evitar dar este paso y lo primero que hizo fue impugnar
esa decisión ante la propia junta de elecciones, pero fue ignorado.
“Mi cliente
siempre ha estado en disposición de dialogar y lo único que pidió fue que ante
un empate 101 a 101 uno se revocara la decisión de “revivir” el voto nulo de la
filial de Nueva York y se fueran a nuevas elecciones, pero muy por el contrario
de responder nos ignoraron, sin darnos respuestas”, expresó Teobaldo Durán.
Según dice
la demanda, para romper el empate, los miembros de la Junta, Carlos Cepeda
Suriel y Maura Alcántara decidieron validar un voto nulo de la filial de Nueva
York, sin que, al momento de levantar el acta notarial, certificada por el
notario público David Rivas, de Nueva York, se hiciera constar alguna discrepancia,
objeción o impugnación de los delegados de la plancha.
Allí ocurrió
todo lo contrario, pues el acta notarial levantada por el notario Rivas el 29
de junio hace constar que los resultados fueron dados a conocer por el
Secretario de la Junta de Acroarte, después del conteo, frente a los delegados
de ambas planchas con 38 votos para el Comité Ejecutivo Nacional, de los cuelas
Polanco obtuvo 22, Beltré 15 y un voto nulo.
Actuando
como supuestos jueces imparciales, Cepeda y Alcántara, sin que existiera ninguna
controversia respecto a ese voto nulo, decidieron validarlo.
Todo esto
fue montado sin que los estatutos de la entidad gremial se los permitieran,
sobre todo, violando su investidura como de tercero imparcial y al debido
proceso en perjuicio de mi requiriente.
Estos dos
miembros de la Junta no indican sobre qué base se les permitió a ellos sobre la
revocación de una decisión no contradictoria y no controversial, tomada en el
momento de la presentación en la boleta en cuestión de la ciudad de Nueva York,
cuando el reglamento electoral en el artículo 45 indica que: La Junta de
Elecciones podrá conocer y decidir en última instancia, según fuere el caso, de
las impugnaciones, recusaciones, apelaciones, protestas y otros recursos que se
produzcan en materia electoral.
“Atendiendo
a que mis requerientes nunca fueron informados de la existencia de una
impugnación, recusaciones, apelaciones, protestas o reclamación con respecto a
la declaratoria de nulidad del voto emitido en la ciudad de Nueva York, sobre
el cual la Junta Electoral de Acroarte, específicamente en Carlos Cepeda Suriel
y Maura Alcántara, decidieron revivirlo y declararlo no nulo, violentó el
sagrado derecho a defensa”.
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