MINISTERIO DE HACIENDA LLEVARÁ A LA JUSTICIA INDIVIDUOS SE DEDIQUEN A VENTA SORTEOS LOTERÍA CON DISPOSITIVOS MÓVILES
SANTO
DOMINGO, República Dominicana (29 Julio 2019).- A partir de este lunes, las
ventas de los sorteos de loterías deben realizarse únicamente por medio de
computadoras, es decir, en terminales que se encuentren instaladas de manera
fija en las bancas de lotería con permiso de operación debidamente autorizado
por el Ministerio de Hacienda.
Así lo
estableció el Ministerio de Hacienda a través de la Resolución No. 183-2019,
que emitió en su condición de órgano regulador de los juegos de azar y como
parte del plan de trabajo que ejecuta para establecer un efectivo control de
las bancas de lotería en el país.
La
disposición gubernamental prohíbe las ventas de los sorteos de lotería por
medio de cualquier dispositivo móvil y advierte a los concesionarios de lotería
electrónica y bancas de lotería que el incumplimiento de esta medida dará lugar
a la “clausura del punto de venta y a la revocación definitiva del permiso de
operación o franquicia.
La
resolución deja claro, además, que los individuos que se dediquen a la venta de
los sorteos de lotería por medio de dispositivos móviles o de manera ambulante
serán sometidos a la acción de la justicia y se le aplicarán las sanciones
establecidas en el artículo 410 del Código Penal Dominicano, la Ley No. 11-92
que establece el Código Tributario de la República Dominicana y la Ley No.
155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Como
autoridad garante de la prevención, persecución y sanción del lavado de
activos, la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda
debe disponer de información actualizada sobre la identidad de las sociedades
que operan o desean operar en el país en el sector de los juegos de azar, de
sus actividades y de los beneficiarios finales de las mismas, señala la
Resolución No. 183-2019 en uno de sus considerandos.
Añade que
“las ventas de los sorteos de loterías en dispositivo móvil constituye una de
las principales causas de proliferación de las bancas de lotería ilegales, ya
que la facilidad de desplazamiento de dichos aparatos genera violaciones
recurrentes a los parámetros de distancia establecidos por el Ministerio de
Hacienda para la instalación y operación de una banca de lotería”.
Las bancas
de lotería deben operar a un mínimo de 200 metros lineales de distancia de
escuelas públicas, colegios privados, estancias infantiles, Centros de Atención
Integral para la Discapacidad (CAID), hospitales, iglesias debidamente
incorporadas y sedes principales de los tres poderes del Estado.


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