MUERE DE CÁNCER EN NUEVA YAORK, RADHAMÉS CASTRO, ALCALDE DE ANDRÉS BOCA CHICA


NUEVA YORK (16 Septiembre 2019).- Radhamés Castro, alcalde del municipio de Boca Chica en el este dominicano, murió en esta ciudad.

Su deceso fue como consecuencia de un cáncer que le afectaba desde hace varios años.

Castro fue diputado por los Partidos Reformista Social Cristiano (PRSC), Popular Cristiano (PPC) y de la Liberación Dominicana (PLD).

Castro fue dirigente del (PRD) durante varios años, y tuvo en esa organización el escenario ideal para empujar una plataforma institucional que le sirvió bastante en las iniciativas emprendidas.
No sólo el elemento partidista le bastó para acumular proyección y liderazgo, sino que en ello influyó bastante su fuerza de voluntad y el sentido de solidaridad exhibido con los problemas de su comunidad y sus habitantes, que lo han elegido.

Durante cuatro períodos como diputado de la República, en dos ocasiones fue postulado por el PRD. Las dos siguientes postulaciones.

fue por acuerdos electorales suscritos con el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), a través del Partido Popular Cristiano (PPC), cuyo liderazgo y conducción asumió junto al ex presidente de la Cámara de Diputados, ingeniero Héctor Rafael Peguero Méndez. Este último ejerce como presidente del PPC y, él, Castro, como Vicepresidente.

Castro nació el día 6 de noviembre del año 1955. Su lar nativo es Andrés Boca Chica, uno de los lugares de mayor atracción turística del país.

Fue un diputado a tiempo completo, ya sea en la realización de la vasta acción social que lleva a cabo de manera permanente para ayudar a las familias humildes de su localidad, o ya sea en la presentación de iniciativas legislativas.

Resalta el empeño que puso, mediante un proyecto de ley, para asegurarle el nombre del extinto Papa Juan Pablo Segundo a la vía que une la provincia de Santo Domingo con Samaná.

Castro es autor del proyecto de resolución mediante el cual se reclamó al Consejo Estatal del Azúcar (CEA) la devolución del capital sustraído al plan de retiro de los pensionados y aplicar, a su vez, remuneraciones que mejoren sustancialmente las condiciones de vida de los beneficiarios de dicho plan.

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