TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL CON SENTENCIA HABILITA A TODOS LOS PRECANDIDATOS PERDIERON EN PRIMARIAS DE LOS PARTIDOS
SANTO DOMINGO, República
Dominicana (18 Noviembre 2019).- Al acoger la inconstitucionalidad de varios
artículos de la Ley 33-18, el Tribunal Superior Electoral (TSE) fallando que Leonel
Fernández no tiene impedimento constitucional ni legal para tener una
candidatura con miras a la elecciones de 2020, habilita a todos los precandidatos que perdieron en las primarias a
a poder aspirar por otro partido.
El TSE tomó la decisión
por votación mayoritaria de acoger la inconstitucionalidad de varios artículos
de la Ley 33-18, Electoral.
Por igual dijo que eran
inaplicables para la solución del caso el reglamento de la JCE sobre
candidaturas, que se imponían requisitos no exigidos por la Constitución.
La decisión del TSE se
produce tras el recurso de amparo interpuesto por el miembro de la comisión
política y precandidato presidencial del Partido de los Trabajadores
Dominicanos (PTD) José Cristopher Ramírez, quien buscaba que se anulara la
presentación de la candidatura de Leonel Fernández por ese partido que pasará a
denominarse Fuerza del Pueblo.
Ramírez presentó el
pasado miércoles un recurso de amparo ante la Junta Central Electoral (JCE) en
reclamo a su derecho como candidato legítimo del PTD.
“Acoger la excepción de
inconstitucionalidad sometida por el codemandado Leonel Fernández Reyna a la
cual se adhirió el PTD contra el artículo 49.4, de la Ley 33-18; el artículo
134 de la ley 15-19 y el artículo 10, parte infime del reglamento de la JCE
sobre candidaturas, y en consecuencia declarar inaplicables a la solución del
presente proceso dichos artículos por desconocer lo previsto en los artículos
22.1, 74.2 y 123 de la Constitución porque dichas disposiciones legales y
reglamentarias imponen requisitos no exigidos en la Constitución de la
Republica para ostentar una candidatura a un puesto de elección popular”,
señala la decisión del TSE.
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