EL PLD SOLICITA AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FUSIONAR CUATRO RECURSOS EN ESTADO DE FALLO CONTRA LEYES 33-18 Y 15-19
SANTO DOMINGO, República Dominicana (3 Febrero
2020).- El oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD) solicitó este
lunes al Tribunal Constitucional (TC)
fusionar los cuatro recursos en estado de fallo y que tratan sobre el pedido de
inconstitucionalidad contra las leyes 33-18 de Partidos, Agrupaciones y
Movimientos Políticos y la 15-19, Orgánica de Régimen Electoral.
Se trata de recursos presentados por otros partidos
que persiguen que sean declarados contrarios a la Constitución los artículos de
las citadas legislaciones, que prohíben el transfuguismo en los partidos y que
los aspirantes a cargos electivos no puedan ser postulados por ningún otro
partido, agrupación, movimiento político o alianza en el mismo proceso
electoral, cuando hayan perdido en las primarias de sus partidos o movimientos
políticos.
El pedimento fue hecho, a nombre del PLD, por los
juristas Julio Cury, Cristóbal Rodríguez y Eduardo Jorge Prats, durante la
audiencia celebrada este lunes en donde el TC conoció y dejó en estado de fallo
siete recursos, entre ellos dos contra la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y
Movimientos Políticos y dos contra la ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral.
En concreto, el PLD pide la fusión de cuatro
recursos que se encuentran en estado de fallo.
El TC también dejó en estado de fallo un recurso
mediante el cual se procura que se declare inconstitucional el artículo 8 de la
Ley 4314, que regula la prestación y aplicación de
los valores en el inquilinato.
En estado de fallo también fue dejado un recurso
interpuesto por el accionante Luis Manuel Frías Marte, contra la el artículo
49.4 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
A través de este recurso, Marte persigue que el TC
declare contrario a la Constitución el artículo 49.4, que establece como
requisito para optar a una precandidatura “que el aspirante para un determinado
evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento
político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o
movimiento político para el mismo evento electoral”.
El citado recurso persigue, además, que se declare
inconstitucional el artículo 134 de la Ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral
de fecha 18 de febrero de 2019.
Con el recurso se pretende que se declare contrario
a la Constitución el citado artículo, que establece que: “las personas que
hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento
político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no
podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político
o alianza, en el mismo proceso electoral”.
Otro recurso que fue dejado en condición de fallo lo
fue el del accionante Germán A. Ramírez contra el artículo 111 de la 15-19,
Orgánica de Régimen Electoral y otro de la empresa Energy, S.A. contra la
resolución 33-09, de fecha 2 de julio de 2009 y contra la ordenanza 04-11, de
fecha 4 de marzo de dos mil once (2011), emitidos por la Alcaldía de Santo
Domingo Este.
En estado de fallo, además, fue dejado otro
interpuesto por la señoras Ylsis María Cruz Ramírez y Dilenia Altagracia Santos
Muñoz contra los dispositivos segundo y cuarto de la resolución 28-19, que
establece la distribución de la cuota de equidad de género en las candidaturas
a regidores, suplentes de regidores, vocales y diputados en las elecciones
generales de este año.
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