EL PLD SOLICITA AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FUSIONAR CUATRO RECURSOS EN ESTADO DE FALLO CONTRA LEYES 33-18 Y 15-19


SANTO DOMINGO, República Dominicana (3 Febrero 2020).- El oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD) solicitó este lunes  al Tribunal Constitucional (TC) fusionar los cuatro recursos en estado de fallo y que tratan sobre el pedido de inconstitucionalidad contra las leyes 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y la 15-19, Orgánica de Régimen Electoral.

Se trata de recursos presentados por otros partidos que persiguen que sean declarados contrarios a la Constitución los artículos de las citadas legislaciones, que prohíben el transfuguismo en los partidos y que los aspirantes a cargos electivos no puedan ser postulados por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza en el mismo proceso electoral, cuando hayan perdido en las primarias de sus partidos o movimientos políticos.

El pedimento fue hecho, a nombre del PLD, por los juristas Julio Cury, Cristóbal Rodríguez y Eduardo Jorge Prats, durante la audiencia celebrada este lunes en donde el TC conoció y dejó en estado de fallo siete recursos, entre ellos dos contra la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y dos contra la ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral.

En concreto, el PLD pide la fusión de cuatro recursos que se encuentran en estado de fallo.

El TC también dejó en estado de fallo un recurso mediante el cual se procura que se declare inconstitucional el artículo 8 de la

Ley 4314, que regula la prestación y aplicación de los valores en el inquilinato.

En estado de fallo también fue dejado un recurso interpuesto por el accionante Luis Manuel Frías Marte, contra la el artículo 49.4 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

A través de este recurso, Marte persigue que el TC declare contrario a la Constitución el artículo 49.4, que establece como requisito para optar a una precandidatura “que el aspirante para un determinado evento electoral, en representación de un partido, agrupación o movimiento político no haya participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral”.

El citado recurso persigue, además, que se declare inconstitucional el artículo 134 de la Ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral de fecha 18 de febrero de 2019.

Con el recurso se pretende que se declare contrario a la Constitución el citado artículo, que establece que: “las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral”.

Otro recurso que fue dejado en condición de fallo lo fue el del accionante Germán A. Ramírez contra el artículo 111 de la 15-19, Orgánica de Régimen Electoral y otro de la empresa Energy, S.A. contra la resolución 33-09, de fecha 2 de julio de 2009 y contra la ordenanza 04-11, de fecha 4 de marzo de dos mil once (2011), emitidos por la Alcaldía de Santo Domingo Este.

En estado de fallo, además, fue dejado otro interpuesto por la señoras Ylsis María Cruz Ramírez y Dilenia Altagracia Santos Muñoz contra los dispositivos segundo y cuarto de la resolución 28-19, que establece la distribución de la cuota de equidad de género en las candidaturas a regidores, suplentes de regidores, vocales y diputados en las elecciones generales de este año.

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