DESDE ESTE MIÉRCOLES Y HASTA EL 17 DE MARZO ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES PUEDEN ABRIR HASTA LAS NUEVE DE LA NOCHE; LIBRE TRÁNSITO HASTA LAS 11:59 P.M
SANTO DOMINGO, República Dominicana (2 Marzo 2021).- A partir de este miércoles entra en vigencia la reducción del Toque de Queda en la República Dominicana, por los que los establecimientos comerciales de todo tipo podrán estar abiertos hasta la nueve de la noche.
Mediante el decreto 133-21 el mandatario establece que
esto será de lunes a viernes y termina a las 5:00 de la mañana.
El nuevo horario iniciará miércoles 3 y culmina el 17
de marzo.
Mientras sábado y domingo ahora el toque de queda
iniciará a las 7:00 de la noche y concluirá a las 5:00 de la mañana.
Desde el miércoles a las 9:00 de la noche los
establecimientos deberán cerrar, esto, de lunes a viernes, mientras que los sábados
y los domingos lo harán desde las 7:00 de la noche.
La gracia de libre tránsito será de lunes a viernes
hasta las 12:00 de la noche, y sábados y domingos hasta las 10:00 de la noche,
con tres horas en ambos casos.
El Poder Ejecutivo instruye, además, a la Oficina para
el Reordenamiento del Transporte (OPRET) y la Oficina Metropolitana de
Servicios de Autobuses (OMSA), a ofrecer su servicio a la ciudadanía dentro del
horario de circulación definido en el decreto.
De igual forma, se establece que los espacios públicos
al aire libre, tales como parques y malecones, pueden ser utilizados dentro del
cumplimiento de los protocolos establecidos para la no propagación del virus.
También los centros de consumo de bebidas y alimentos
podrán recibir clientes hasta un 60% de su capacidad sin exceder 6 personas por
mesa, al igual que los centros de prácticas deportivas y los lugares destinados
a las prácticas religiosas, estos últimos, deberán realizar sus celebraciones
solo tres veces por semana.
Las actividades de asistencia masiva se mantienen
prohibidas, mientras que el sector turístico continuará manejándose con el
protocolo especial de salud que ha seguido hasta ahora.
Una vez inicie el toque de queda solo podrán circular
las personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a un centro
de salud o farmacia, asimismo las personas que presten servicio al sector
salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y
personal farmacéutico.
Al igual que ciudadanos que se dediquen a labores de
seguridad privada debidamente identificadas y miembros de la prensa debidamente
acreditados.
Operadores de vehículos y técnicos de empresas e
instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y
recogida de desechos sólidos debidamente identificados prodrán transitar exclusivamente
durante el ejercicio de sus funciones laborales.
También operadores de vehículos dedicados a la
distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible
debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones
laborales.
Personas que laboren en la industria y el comercio de
alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde
sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa
autorizada.
Asimismo, pasajeros internacionales y operadores de
vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como
empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados,
en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.
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