LUIS ABINADER SOLICITA A LA CÁMARA DE CUENTAS AUDITORÍA FINANCIERA HASTA 31 DICIEMBRE 2021 A CENTRAL TERMOELÉCTRICA DE PUNTA CATALINA
SANTO DOMINGO, República Dominicana (3 Febrero 2022).- Una auditoría financiera a la Central Termoeléctrica Punta Catalina y la determinación de su costo financiero solicitó este jueves el presidente Luis Abinader a la Cámara de Cuentas (CCRD).
En la comunicación dirigida al Pleno de la CCRD
resalta que “el Gobierno dominicano está recibiendo los resultados de la
auditoría técnica que sobre la Central Termoeléctrica Punta Catalina efectuó la
firma estadounidense Sargent & Lundy, adjudicataria mediante previo proceso
de licitación pública”.
Agrega la misiva del presidente Abinader que, cumplido
ese requisito precedente, “en ejercicio de las atribuciones que me confieren la
Constitución y las leyes de la República Dominicana, estamos solicitando a esa
honorable Cámara de Cuentas la realización de una auditoría financiera sobre
dicho activo, que abarque hasta el 31 de diciembre de 2021”.
La solicitud fue recibida por el presidente de la
Cámara de Cuentas, Janel Andrés Ramírez Sánchez, en compañía de todos los
miembros de su pleno, de manos del consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano
Peralta Romero.
Manifiesta que la solicitud responde a la línea
asumida por el Gobierno, en el sentido de cumplir y hacer cumplir los
principios de transparencia, publicidad y juridicidad, previstos en el artículo
138 de la Constitución de la República como rectores del accionar de la
Administración Pública.
Igualmente, le fue requirido al órgano de control que
llevase a cabo los procedimientos de rigor, a fin de determinar el costo
financiero que significó para el Estado dominicano la construcción de la
referida obra.
“Esperamos que este órgano de control externo de los
recursos públicos acoja el requerimiento que le formulamos”, expresa el
presidente Abinader en la solicitud.
La Cámara de Cuentas es el órgano constitucional de
control externo de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del
patrimonio del Estado.
Como Órgano Superior del Sistema Nacional de Control y
Auditoría, rector externo, está facultado para emitir normas de carácter
obligatorio, promover y efectuar la coordinación interinstitucional de los
organismos y unidades responsables del control y auditoría de los recursos
públicos y formular un plan tendente al logro de esos fines.
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