LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RECHAZA DICTAR COERCIÓN CONTRA DIPUTADO GREGORIO DOMÍNGUEZ COMO SOLICITÓ EL MINISTERIO PÚBLICO
SANTO DOMINGO, República Dominicana (23 mARZO 2022).- El Juzgado de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), rechazó imponerle presentación periódica como medida de coerción al diputado Gregorio Domínguez Domínguez como solicitó el Ministerio Público.
La SCJ acogió a la vez la solicitud del Ministerio
Público y envió a juicio de fondo a Domínguez Domínguez, legislador del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM) por Santiago, imputado por violación
de propiedad privada.
El Juzgado de la Instrucción Especial apoderó del auto
de apertura a juicio a la Segunda Sala del supremo tribunal.
La jueza Vanessa Acosta acogió como buenos y válidos
los argumentos presentados por el procurador adjunto Rafael Suárez Pérez, el
procurador de corte Melquíades Suero y el fiscal litigante Edwin Acosta, para
enviar la acusación a juicio de fondo.
La magistrada Acosta, integrante de la SCJ, fue
designada por la Presidencia de la alta corte como jueza de instrucción
especial para el caso, en virtud de la jurisdicción privilegiada que, por ser
congresista, le corresponde al representante de la provincia Santiago.
La jueza también determinó que Domínguez Domínguez
continúe el proceso en libertad y rechazó el pedimento del órgano de la
acusación de imponerle presentación periódica como medida de coerción.
La acusación establece que el legislador violó los
artículos 24 y 25 de la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la Fuerza
Pública, y el artículo 1 de la Ley 5869, sobre Violación de Propiedad, en
perjuicio de Lucila Nelly Capellán Luna.
“El Ministerio Público tiene suficientes elementos de
pruebas para que el imputado sea condenado”, expresó el procurador adjunto
Suárez Pérez, al hablar con la prensa a su salida de la audiencia de este
martes en el Palacio de Justicia del Centro de los Héroes.
En torno al hecho, el expediente señala que alrededor
de las 10:00 de la mañana del 27 de mayo de 2020, los señores Basilio Catalino
Martínez (Jaime) y Emmanuel de Jesús Williams Molina, empleado del imputado el
primero y chofer de la retroexcavadora el segundo, se presentaron, por
instrucciones del imputado Gregorio Domínguez Domínguez, a la comunidad Punta
Rucia, de Estero Hondo, Puerto Plata, donde la víctima Capellán Luna construía
su vivienda.
Explica que una vez en el lugar, Catalino Martínez y
Williams Molina procedieron al desalojo, destrucción y posterior demolición de
la vivienda levantada por la víctima, la cual estaba en etapa de construcción a
nivel de techo. Detalla que los hombres actuaron sin las debidas formalidades de
la ley y con la participación y orden del imputado.
El Ministerio Público le atribuye al legislador los
tipos penales vinculados con llevar a cabo medidas ejecutorias y conservatorias
inobservando el procedimiento de ley, tomar participación o requerir la
ejecución de un embargo o medida conservatoria sin título ejecutorio e
introducirse a una propiedad inmobiliaria sin permiso del dueño, arrendatario o
usufructuario.
El órgano de la persecución penal acompaña la
acusación de diversas pruebas testimoniales, documentales e ilustrativas.
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