POR "FALTAS GRAVES" Y "MUY GRAVES" INSPECTORÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO SOLICITA SUSPENSIÓN DE FISCALIZADOR DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS Y PROCURADOR CORTE DE MONTECRISTI
SANTO DOMINGO, República Dominicana (24 Mayo 2022).- La Inspectoría General del Ministerio Público solicitó al Consejo Superior la suspensión de sus funciones del fiscalizador Engels Luis Polanco Henríquez, de San Francisco de Macorís y del procurador de Corte de Apelación de Montecristi, Antonio de Jesús Báez Tapia por incurrir en “faltas graves” y “muy graves”.
El procurador adjunto Juan Medina de los Santos,
inspector general, presentó la solicitud a la procuradora general Miriam Germán
Brito y a los demás miembros del Consejo Superior del Ministerio Público.
“Engels Luis Polanco Henríquez ha ejercido sus
funciones indebidamente al incumplir las obligaciones o los deberes propios de
su cargo e incurrir en faltas graves y muy graves por la realización de actos
que afectan gravemente la institución del Ministerio Público”, explica la
instancia relacionada con el caso de una mujer asesinada de 351 cuchilladas.
Indica que dicha postura se aleja aún más de la lógica
cuando se toma en cuenta que el propio Polanco Henríquez, el pasado 22 de
febrero, se opuso a la variación de la referida medida de coerción de prisión
preventiva que cumple Eusebio Rosario Hernández (Eddy), imputado, junto a un
hijo menor de edad, del crimen de Carmen Paulino Gabriel (Rafelina), ocurrido
en San Francisco de Macorís en junio de 2021.
Señala que, precisamente el 22 de febrero, el
fiscalizador argumentaba sobre la falta de presupuestos que presentaba la
defensa de Rosario Hernández y sostenía que se mantenían las circunstancias que
dieron lugar a la imposición de la prisión preventiva contra el imputado.
Sin embargo, el 18 de este mes, el mismo fiscalizador
varió su criterio “ante el conocimiento de una revisión de medida de coerción
oficiosa, en la que tampoco se presentaron presupuestos que garantizaran la
presencia de dicho imputado a los demás actos del proceso”.
El inspector Medina de los Santos señala, además, que
el caso no se acogía al artículo 241 del Código Procesal Penal, sobre el cese
de la prisión preventiva. Sobre ese particular, indicó que el plazo de 12 meses
para la prisión preventiva no había llegado a su término, sino que se cumplía
el 07 de junio, “por lo que no se justifica que sea el fiscal que solicite la
variación de la medida de coerción, por el vencimiento de un plazo que todavía
no había vencido, máxime en un caso con una gravedad tal como el que nos
ocupa”.
En cuanto al procurador de corte de Montecristi,
Antonio de Jesús Báez Tapia, el inspector Medina de los Santos solicitó el
pasado 16 de mayo la suspensión de dicho representante del Ministerio Público,
por ejercer sus funciones indebidamente, “al incumplir las obligaciones o los
deberes propios de su cargo e incurrir en faltas graves y muy graves por la
realización de actos que afectan gravemente la institución”.
Plantea que Báez Tapia incurrió en una violación a la
Ley Orgánica del Ministerio Público (número 133-11), por “no observar las
prohibiciones o incompatibilidades constitucionales o legales cuando el hecho o
la omisión tengan consecuencias de gravedad para los ciudadanos o el Estado”,
por haber descuidado el expediente y el proceso seguido contra la
exfiscalizadora Carmen Lisset Núñez Peña.
Báez Tapia retiró los cargos además contra el mayor
Víctor Ignacio Encarnación Cuevas, el capitán Juan de Dios Heredia Martínez y
el cabo Adán Mauricio Rodríguez Pichardo, de la Policía Nacional y adscritos a
la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), así como contra el cabo de
la fuerza aérea Juan Antonio Arias Peguero.
La exfiscalizadora y los cuatro agentes antinarcóticos
son procesados por implantar drogas en el allanamiento a una peluquería ubicada
en Villa Vásquez, en agosto de 2019, un hecho que quedó registrado en un vídeo
conocido por toda la población.
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