PERIODISTA DEPORTIVO ALBERTO RODRÍGUEZ NUEVO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA ESCOLAR

SANTO DOMINGO, República Dominicana (2 Noviembre 2022).- El presidente Luis Abinader designó a Alberto Rodríguez como nuevo titular del Instituto Nacional de Educación Física Escolar (INEFI).

Sustituye a Esteban Pérez Polanco.

La designación está contenida en el edicto 635-20 de fecha 31 de octubre del 2022.

Rodríguez reconocido cronista deportivo y productor de radio y televisión desempeñaba las funciones de viceministro de la Presidencia, enlace con la Sociedad Civil. 

 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de

2015.

VISTA: La ley núm. 247-12. Orgánica de la Administración Pública, de fecha 9 de agosto

de 2012.

VISTO: El decreto núm. 330-20. de fecha 16 de agosto del año 2020.

VISTO: El decreto núm. 546-20. de fecha 13 de octubre del año 2020.

En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de

la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTICULO 1. Alberto Atilio Rodríguez Mella queda designado director ejecutivo del

Instituto Nacional de Educación Física (INEFI).

ARTICULO 2. Queda derogado el artículo 3 del decreto 330-20. de fecha 16 de agosto

del año 2020.

ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 7 del decreto núm. 546-20, de fecha 13 de

octubre del año 2020.

ARTÍCULO 4. Envíese a las institu

VISTA: La ley núm. 247-12. Orgánica de la Administración Pública, de fecha 9 de agosto

de 2012.

VISTO: El decreto núm. 330-20. de fecha 16 de agosto del año 2020.

VISTO: El decreto núm. 546-20. de fecha 13 de octubre del año 2020.

En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de

la República Dominicana, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTICULO 1. Alberto Atilio Rodríguez Mella queda designado director ejecutivo del

Instituto Nacional de Educación Física (INEFI).

ARTICULO 2. Queda derogado el artículo 3 del decreto 330-20. de fecha 16 de agosto

del año 2020.

ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 7 del decreto núm. 546-20, de fecha 13 de

octubre del año 2020.

ARTÍCULO 4. Envíese a las instituciones para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintiún ( 31) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022). año 179 de la Independencia y 160 de la Restauración.

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