EN REPÚBLICA DOMINICANA POR ASUETO NAVIDEÑO PROHIBIDA DESDE ESTE VIERNES Y HASTA EL LUNES A LAS CINCO DE LA MADRUGADA LA CIRCULACIÓN VEHÍCULOS PESADOS
SANTO DOMINGO, República Dominicana (23 Diciembre 2022).- Desde este viernes a las seis de la mañana y hasta el lunes el lunes 26, a las 05:00 a.m quedó prohibida la circulación de vehículos de carga por las vías de la República Dominicana, informó el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
Esta medida fue tomada en unificación al operativo “Conciencia por la Vida” 2022, en coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), con miras a reducir lesiones y muertes por accidentes de tránsito.
El Intrant incluyó los permisos otorgados por el Piloto
para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), durante el feriado de Navidad y Año
Nuevo.
Como parte de las medidas de seguridad adoptadas por la
institución en los días festivos de Navidad, la institución rectora del sistema
de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial en el país,
informó que, desde el viernes 23 de diciembre, a partir de las 06:00 de la
mañana, hasta el lunes 26, a las 05:00 a.m., queda prohibida la circulación de transporte
de carga en el país.
Mientras que, con motivo del asueto de Año Nuevo, la medida
restrictiva empezará el viernes 30 de diciembre de 2022, a partir de las 06:00
de la mañana, y finalizará el lunes 02 de enero del 2023, a las 05:00 a.m.
El Intrant comunicó que los vehículos que quedan exentos de
esta prohibición son las camionetas, furgonetas, ambulancias, los de
emergencias y aquellos dedicados al servicio de agua en cisterna, sanitario,
asistencia vial, electricidad, cable, telefonía, mantenimiento e higiene
urbana.
La institución informó que los interesados en obtener los
permisos de circulación en las fechas antes señaladas podrán solicitarlo a
partir del día de hoy hasta el jueves 22 de diciembre del 2022, a las tres de
la tarde, a través de la página web del Intrant
www.intrant.gob.do, donde podrán
efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR, para fines de
fiscalización.
En ese sentido, se especificó que los permisos sólo les
serán otorgados a camiones de no más de una cola, autorizados por Intrant, que
acarreen combustible, agua, abastecimiento de alimentos, medicamentos, equipos
médicos y servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación
eléctrica, envases, papeles desechables, transporte de valores y organización
de eventos.
Asimismo, la institución recomendó que los servicios de
transporte de carga que no se encuentran dentro de los renglones autorizados
para la solicitud del permiso, deben realizar su distribución antes de los días
especificados.
En cumplimiento de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre
esa modalidad de transporte, el Intrant específica que los vehículos de carga
no podrán exceder la velocidad máxima de 70 km/h en carreteras troncales y que
deben circular en el carril de la derecha.
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