TREINTA AÑOS DE PRISIÓN A CACHÉ LUNA QUIEN ATACÓ CON ÁCIDO DEL DIABLO A YANELIS ARIAS EN AGOSTO 2021 Y QUE FALLECIÓ POR ESE MOTIVO EN SEPTIEMBRE DEL 2022
HERMANAS MIRABAL, República Dominicana (19 Enero 2021).- Un tribunal colegiado de este distrito judicial condenó a 30 años de prisión a Agustín de Jesús Pimentel Luna (Caché), enjuiciado por atacar con “ácido del diablo” a Yanelis Arias López, el 20 de agosto de 2021 en el municipio Tenares. La joven falleció el 3 de septiembre del 2022, producto de un shock séptico generado por infecciones en las quemaduras de su cuerpo, después de permanecer 14 días recibiendo atenciones médicas en la Unidad de Quemados del Hospital Doctor Ney Arias Lora, en Santo Domingo.
Los jueces Manuel Antonio Carela, Biannelys Martínez
Calvo y Felicia Núñez de Jesús, del Tribunal Colegiado de Hermanas Mirabal,
acogieron las peticiones del Ministerio Público para dictar la pena máxima a
Agustín de Jesús Pimentel Luna (Caché), procesado por rociar la sustancia
corrosiva a Arias López.
Además, le impusieron el pago de una indemnización de
siete millones de pesos a favor de los familiares de la víctima, así como el
pago de las costas judiciales del proceso.
De Jesús Pimentel deberá cumplir la pena en el Centro
de Corrección y Rehabilitación La Isleta en Moca, provincia Espaillat, donde
está recluido desde que se le impuso la medida de coerción.
Durante el juicio, el órgano de la acusación demostró
con diferentes pruebas la responsabilidad penal del procesado, evidencias
acogidas y validadas por los jueces para dictar el veredicto.
El equipo de fiscales estuvo compuesto por Claudia
Cecilia Román y Yesiely Fabré Fernández, coordinadora de la Unidad de Atención
Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales en esta
demarcación, así como por Elvira Rodríguez y Eduardo Velázquez, quienes se
integraron al proceso en representación de la Unidad de Litigación de la
Dirección General de Persecución del Ministerio Público.
Pimentel Luna fue procesado por cometer actos de
tortura y barbarie con premeditación y asechanza, hechos previstos y sancionados
en los artículos 303, 303 numeral 4, ordinal 10, del Código Penal Dominicano,
modificado por la Ley 24-97.
La fiscal titular de Hermanas Mirabal, Zoila Rodríguez
Ynfante, expresó que con esta decisión se hace justicia en un hecho de barbarie
que consternó a la provincia Hermanas Mirabal y a toda la sociedad dominicana.
“En la tierra de las mariposas, cuna de heroínas, se rechaza toda acción
criminal que vaya en detrimento de la mujer”, dijo, al resaltar la decisión el
trabajo de los fiscales y la decisión del tribunal.
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