EN EL VATICANO EL INSTITUTO DE OBRAS DE RELIGIÓN SE ADAPTA A LA NUEVA CONSTITUCIÓN DE ÓRGANO COLEGIADO A ENTE MONOCRÁTICO
CIUDAD DEL VATICANO (7 Marzo 2023).- El Instituto para las Obras de Religión también se adapta a la nueva Constitución Praedicate Evangelium: estructura de gobierno más ágil, funciones bien definidas entre los distintos órganos de gobierno para evitar duplicidades, nueva norma sobre el conflicto de intereses.
La Dirección pasa de ser un órgano colegiado a ente
monocrático compuesto sólo por el Director.
El IOR se renueva: menos de cuatro años después de la
última revisión de su Estatuto, el Instituto para las Obras de Religión cambia
para adecuarse a la nueva Constitución Apostólica Praedicate Evangelium:
mandatos de cinco años con posibilidad de renovarlos una sola vez, una
estructura de gobierno más ágil y con funciones mejor definidas entre los
distintos órganos para evitar superposiciones o duplicidades de actividades.
Esto es lo que se desprende del quirógrafo del Papa
Francisco y de los nuevos estatutos, publicados el martes 7 de marzo, con los
que se renueva el IOR, cuya finalidad, se afirma, es "proveer a la
custodia y administración de los bienes muebles e inmuebles transferidos o
confiados por personas físicas o jurídicas y destinados a obras de religión o
de caridad".
Así pues, las principales modificaciones que contienen
ambos textos se refieren a la armonización de la duración del mandato
quinquenal y a la renovabilidad de los mandatos en los distintos organismos,
que sólo será posible una vez (es decir, por un máximo de diez años).
El carácter no simultáneo de los mandatos de los
integrantes de la Comisión Cardenalicia y del Consejo de Superintendencia, la
inclusión de una disposición específica sobre los conflictos de intereses: esta
última prevé que "cada miembro del Consejo de Superintendencia se
abstendrá de participar en las votaciones relativas a resoluciones en las que
tenga un interés, actual o potencial, en nombre propio o de terceros".
Otra modificación se refiere a una más clara
definición y distinción de las respectivas funciones y responsabilidades de los
órganos del Instituto.
El Consejo de Superintendencia es responsable de
definir las líneas estratégicas, las políticas generales y la supervisión de
las actividades del IOR.
Mientras que el Director General es responsable de la
gestión y administración del Instituto.
Por último, el
cambio de la Dirección, que pasa de ser un órgano colegiado, compuesto por el
Director y el Vide-Director, a ser un órgano monocrático compuesto únicamente
por el Director General. Así, el Vice-Director cesa de ser un órgano de
gobierno y se convierte en una "función", que el Director General
podrá delegar en uno de los gerentes.
El Director General sigue siendo nombrado por el
Consejo de Superintendencia y aprobado por la Comisión Cardenalicia, pero a
partir de ahora "sobre la base de una terna de al menos tres candidatos
idóneos". Podrá ser contratado por tiempo indeterminado o determinado.
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