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EL SALVADOR REDUCE A 44 LOS MUNICIPIOS DE 262 HABÍAN, CON APROBACIÓN DE LEY ESPECIAL PARA LA RESTRUCTURACIÓN TERRITORIAL MUNICIPAL PROMULGADA ESTE MIÉRCOLES POR NAJIB BUKELE

SAN SALVADOR, El Salvador (14 Junio 2023).- Con 67 votos a favor y 13 en contra, El Salvador pasará de tener 262 municipios a 44 por aprobación de la Ley Especial para la Reestructuración Territorial Municipal, que fue propuesta por el Ejecutivo en pleno año electoral. La pieza fue promulgada este miércoles por el presidente Najib Bukele.

Los diputados del oficialismo aprobaron que 218 municipios del país pasen a convertirse en distritos, manteniendo los mismos nombres, pero ahora, los municipios agrupados pasarán a llamarse según su locación departamental.

Todos los municipios del país tendrán el nombre del departamento más el punto cardinal en el que se encuentre, sea este norte, sur, este, oeste e incluso, central.

Ahuachapán pasa a estar conformado de doce a tres municipios, Ahuachapán Norte, Ahuachapán Centro y Ahuachapán Sur; el departamento de Santa Ana pasará a estar conformado de trece a cuatro municipios, llamados Santa Ana Norte, Santa Ana Centro, Santa Ana Este y Santa Ana Oeste y el departamento de Sonsonate pasará de estar conformado de 16 a 4 municipios.

La Libertad pasará de tener de 22 a seis, con división de Norte, Este, Oeste, Sur y Costa; San Salvador pasará de tener 19 a cuatro municipios con división Norte, Este, Oeste y Sur; La Paz, de 22 a cuatro; con división Este, Centro y Oeste; y San Vicente pasará de tener 13 municipios a dos, los que son Norte y Sur. Cuscatlán dejará de tener 16 municipios y pasará a tener solo dos, el del norte y el del sur; San Vicente pasará de trece a dos municipios, el norte y el sur; y Cabañas pasa de tener nueva a dos, el Este y Oeste.

Usulután pasará de 23 a tres; San Miguel, de 20 a 3; Morazán, de 26 a dos y La Unión, de 18 a dos.

Los miembros de la Junta Directiva de la Asamblea, Suecy Callejas y Ernesto Castro, durante la plenaria. Foto EDH/ Jonatan Funes

Jefes de distritos sin voto

La nueva estructura organizacional estará ejercida por un concejo que se integrará por un alcalde, un síndico, dos regidores propietarios y cuatro suplentes.

En las sesiones de concejo participará un director de cada distrito, quien por ley tendrá voz, pero no voto en temas referidos a la municipalidad o a su distrito mismo, y solo podrá participar en otros temas si el concejo “así lo decide”. Sin embargo, no se establece bajo qué condiciones se podrá otorgar voto al director distrital.

“El concejo municipal es la autoridad máxima del municipio y de sus distritos, será presidido por el alcalde y se asentará en el territorio del municipio, estableciéndose allí el palacio municipal y sus oficinas administrativas, destinando para ello las instalaciones ya existentes. También se deberá destinar prioritariamente para usos educativos y culturales o en beneficios de las comunidades, aquellas edificaciones que como consecuencia no tengan un uso directo para la administración”, reza la propuesta aprobada.

460 funcionarios

Con la nueva organización territorial habrá 44 alcaldes, 44 síndicos y 372 concejales, lo que suman 460 responsables de las necesidades de los 262 distritos.

Por tanto, crece la cadena burocrática para la solicitud de obras municipales: la población acude al director de distrito, el director distrital es vocero ante el concejo municipal de la necesidad o problema que aqueja a la comuna y el concejo evalúa si es competencia de la administración municipal u otra instancia (como la Dirección de Obras Municipales) el servicio requerido.

Sobre la administración, los distritos serán administrados bajo los lineamientos del respectivo concejo municipal, por un jefe o director auxiliado por un subjefe o subdirector y acompañado por el personal administrativo y técnico que considere necesario el consejo municipal.

Los regidores propietarios y suplentes de un municipio podrán a su vez dirigir o administrar el distrito de su residencia con la aprobación y nombramiento por parte del Consejo municipal y serán los nuevos consejos municipales quienes aprobarán los lineamientos para la organización y funcionamiento de los distritos y su relación con su municipio.

¿Despidos masivos?

Las autoridades de Gobernación y la Asamblea Legislativa han manifestado que los trabajadores municipales “no perderán sus empleos”, pese a la reducción a 44 alcaldías en todo el territorio nacional.

“Los consejos municipales que tomarán posesión el primero de mayo de 2024 deberán aprobar las disposiciones especiales para el tratamiento de los empleados municipales de las alcaldías absorbidas por los nuevos municipios, quienes conservarán su antigüedad con excepción de los empleados de confianza que podrán ser sustituidos todo de conformidad a leyes aplicables según el caso particular”, establece lo aprobado por la Asamblea.

 “Queda expresamente establecido que ese decreto no impone ni genera de forma automática la destitución del personal municipal, sino que esa facultad debe ser y podrá ser ejercida por los funcionarios que resulten competentes en aquellos casos y con las limitantes y condiciones que las leyes que regulan tales derechos y situaciones las cuales no pierdan vigencia a partir de esta norma”, añade.

Hacienda dará directrices

De forma repentina, la diputada Suecy Callejas, pidió incorporar un nuevo artículo que faculta al Ejecutivo a dictar directrices de manejo de operaciones contables administrativas. La medida fue aprobada sin discusión.

“Se faculta al ministerio de Hacienda de forma amplia y suficiente para que por sí o por cualquiera de sus dependencias o direcciones pueda emitir los acuerdos, instructivos, circulares, resoluciones o cualquier otro instrumento administrativo a los efectos de regular y definir en los procesos de transición, la forma en las que se deban de realizar las operaciones contables por parte de las municipalidades, sea que se traten de la que serán extinguidas, o bien de aquellas que se están creando con arreglo a lo dispuesto a esta ley”, se estableció.



Por JÉSSICA GARCÍA/ElSalvador.com

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