Papa Francisco emite dos decretos para mejorar la transparencia en departamentos vaticanos en sector de las adquisiciones
CIUDAD DEL VATICANO (16 Enero 2024).- Dos medidas para definir mejor la gestión de los gastos de cada uno de los departamentos vaticanos y para mejorar la transparencia en el sector de las adquisiciones. Estos son los ámbitos en los que el Papa ha intervenido con dos cartas apostólicas en forma de motu proprio difundidas este martes 16 de enero por la Oficina de Prensa de la Santa Sede.
El primer documento precisa el límite y el modo de la
administración ordinaria de los dicasterios de la Santa Sede. En tres
artículos, en la línea de renovación de la constitución apostólica Praedicate
Evangelium, se establece esencialmente que una entidad vaticana está obligada a
solicitar la aprobación del Prefecto de la Secretaría de Asuntos Económicos
"cuando el acto supera el 2% de la cifra resultante de la media calculada
sobre el total de los costes del Ente que lo requiera, tal como resulta en los
balances anuales aprobados relativos a los últimos tres años". "De
todas formas, para los actos cuyo valor sea inferior a 150.000,00 € no se
necesita aprobación", añade.
En otro punto del documento se fija en 30 días el
límite para recibir la aprobación, más allá del cual incluso la falta de
respuesta equivale a la concesión de la solicitud, y en cualquier caso se
indica que este procedimiento "debe concluir en un plazo máximo de 40
días".
Reglamento
de contrataciones
Con la segunda carta en forma de motu proprio, el Papa
interviene para aclarar aún más la normativa que regula el código de
contratación vaticano promulgado en 2020. También aquí, en línea con la Praedicate
Evangelium, Francisco subraya que el motu proprio quiere continuar el
"discurso emprendido para favorecer la transparencia, el control y la
competencia en los procedimientos de adjudicación de los contratos
públicos", para una "aplicación más eficaz" de las normas que
con las últimas modificaciones tienen en cuenta las "observaciones de las
Instituciones vinculadas a la Santa Sede", la Gobernación y la experiencia
"madurada en los últimos años".
En particular, el primer artículo del apartado 2 aclara,
redefiniendo en cuatro puntos con respecto a 2020, los objetivos perseguidos
por la normativa, en conformidad, dice, "con los principios de la Doctrina
Social de la Iglesia, el ordenamiento canónico de la Santa Sede y del Estado de
la Ciudad del Vaticano y la Carta Encíclica Laudato si'". Los cuatro
puntos se refieren a "la utilización sostenible de los fondos
internos", "la transparencia del procedimiento de adjudicación",
"la igualdad de trato y la no discriminación de los licitadores" y
"la promoción de una competencia efectiva entre los licitadores, en
particular mediante medidas contra los acuerdos de competencia ilícita y la
corrupción".
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