Testigos Cristianos de Jehová ha ganado por primera vez en los tribunales una sentencia por una vulneración de su derecho, no se le puede llamar secta

TORREJÓN DE ARDOZ (3 Enero 2024).- Por primera vez, la confesión religiosa Testigos Cristianos de Jehová ha ganado en los tribunales una sentencia por una vulneración de su derecho al honor.

Así lo establece la sentencia nº 310/2023 dictada por el Juzgado de Primera Instancia 1 de Torrejón de Ardoz, del que es titular el magistrado Gonzalo Martín Vázquez.

«Presentación de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová». Este es el título del vídeo que Enrique Francisco Carmona Morente, secretario de dicha asociación, publicó el 27 de marzo de 2019, en la conocida plataforma de Youtube en el que hablaba de esa confesión religiosa.

Un vídeo en el que, tal y como entendían desde Testigos de Jehová, Carmona Morente –exmiembro de esta confesión– «daña la reputación y prestigio de la comunidad religiosa».

«Atribuye la comisión de abusos sexuales y daños mentales a los miembros», relata la sentencia.

Por ello, los demandantes solicitaron la retirada del vídeo y una indemnización por daños y prejuicios.

Por su parte, Carmona Morente aseguró, frente a la demanda, que todo lo que él afirmó en el vídeo publicado estaba fundamentado. Decía basar sus afirmaciones en los muchos testimonios que dice que existen de víctimas de estos abusos.

Testimonios y acusaciones contra los Testigos de Jehová que, además, afirmó que formaban parte de su libertad de expresión.

Se produjo así un nuevo «choque» entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor. Lo que tuvo que resolver el magistrado Martín Vázquez era si las manifestaciones contenidas en el vídeo lesionaban la dignidad de esta confesión religiosa.

«Hay que llevar a cabo un análisis del vídeo. Y, efectuando siempre una compleja valoración de los hechos que refleja, concluir si resultan inexactos y en evidente perjuicio de la imagen, estima o consideración pública que posee la entidad demandante», explica el magistrado en su fallo, que reconoce la legitimación activa de los Testigos Cristianos de Jehova, en línea con la sentencia del 26 de septiembre de 1995 del Tribunal Constitucional y una posterior, del 9 de octubre de 1997, del Tribunal Supremo.


Por BÁRBARA HERMIDA/Confilegal.com








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