En Brasil el Tribunal Supremo retoma juicio sobre regulación de redes sociales
BRASILIA (23 Junio 2025).- El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil retoma hoy el juicio tras la mayoría de sus ministros votar a favor de responsabilizar a las redes sociales por las publicaciones ilegales de sus usuarios.
Hasta el momento, la totalidad del juzgado aboga para
que las plataformas sean civilmente garantes ante las cortes por contenido
indebido, como publicaciones antidemocráticas y contra el sistema electoral.
También por discursos de odio (racismo y homofobia),
incitación a delitos contra las autoridades y las transmisiones en vivo que
induzcan al suicidio y la autolesión en niños y adolescentes.
Los ministros Antonio Dias Toffoli, Luiz Fux, Flávio
Dino, Cristiano Zanin, Gilmar Mendes, Alexandre de Moraes y el presidente del
STF, Luís Roberto Barroso, votaron a favor de comprometer a las redes sociales.
El único que discrepó fue el magistrado André
Mendonça. Los jueces Edson Fachin, Kassio Nunes Marques y Cármen Lúcia Antunes
aún deben emitir su parecer.
La corte se pronuncia sobre la constitucionalidad del
artículo 19 del Marco Civil de los Derechos de Internet, norma que estableció,
además, los deberes para el uso de la red de redes en el gigante sudamericano.
Una de las acciones discute si ese apartado resulta
constitucional o no.
Tal artículo requiere que se emita una orden judicial
específica antes de que los sitios web, proveedores de servicios de Internet y
aplicaciones de redes sociales sean considerados responsables por el contenido
perjudicial publicado por otras personas.
La ley, que entró en vigor en 2014, funciona como una
especie de Constitución para el uso del escenario virtual en Brasil, pues
establece principios, garantías, derechos y deberes para los usuarios y las
empresas.
El criterio mayoritario en el Supremo es que compañias
como Google, Meta y X pueden ser consideradas civilmente responsables por
contenido ilícito incluso sin orden judicial, en casos específicos, como
delitos graves, fallos sistémicos y publicaciones patrocinadas.
Durante su votación, el relator de uno de los casos,
Dias Toffoli argumentó que este modelo de responsabilidad previsto en el
artículo 19 del Marco de Derechos Civiles de Internet es inconstitucional
porque, desde su promulgación, no ha podido ofrecer una protección efectiva de
los derechos fundamentales en entornos virtuales.
Fux, relator de la otra acción, también votó a favor
de la inconstitucionalidad parcial de la norma, señalando que la disposición
compromete la protección de los derechos fundamentales y la lucha contra la
desinformación.
En opinión de De Moraes, el fracaso de la
autorregulación quedó demostrado por la convocatoria a actos antidemocráticos
el 8 de enero de 2023, realizada abiertamente por las redes sociales sin
intervención alguna de las plataformas.
No hay comentarios.: