Rafael Santos al Mescyt y Geraldo Espinosa Pérez contralor General de la República
SANTO DOMINGO,
República Dominicana (9 Febrero 2026).- El presidente de la República, Luis Abinader,
emitió el decreto 84-26, mediante el cual realizó nuevas designaciones en áreas
estratégicas del Estado, como parte del proceso de fortalecimiento
institucional y mejora de la gestión pública.
La disposición
presidencial designa a Rafael Evaristo Santos Badía como ministro de Educación
Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt).
Santos Badía, quien
se desempeñaba hasta el momento como director general del Instituto de
Formación Técnico Profesional (Infotep9.
Es licenciado en
Derecho por la Universidad de la Tercera Edad (UTE), técnico en Administración
de Empresas Cooperativas por la UNPHU, y posee diplomados en Economía Política
y Derecho Laboral y Sindical por la UASD, así como en Relaciones
Internacionales por la UTE.
Docente y experto del
sector sindical y del tripartismo dominicano, cuenta con una amplia trayectoria
en el ámbito legislativo, educativo y de la concertación social.
Fue diputado al Congreso Nacional entre 1990 y 1998, integró la Comisión Permanente de Educación de la Cámara de Diputados, participó en el Plan Decenal de Educación y ha sido miembro de órganos directivos del Infotep y del sistema de seguridad social magisterial.
Es autor del libro “Treinta años de gremialismo magisterial
en la República Dominicana” y ha sido reconocido con la Orden al Mérito de
Duarte, Sánchez y Mella, grado Caballero, entre otras distinciones.
El referido decreto
también establece la designación de Geraldo Espinosa Pérez como contralor General de la República.
Espinosa Pérez es
licenciado en Contabilidad por la UASD, con especialidad de posgrado en
Tributos Internos, máster en Gestión Financiera, Presupuesto Público y Política
Fiscal, y una maestría en Administración de Negocios (MBA) con concentración en
Operaciones por la PUCMM.
Posee más de 24 años
de experiencia en el sector público, destacándose por la creación e impulso de
importantes sistemas de control, gestión financiera y supervisión del gasto público.
La disposición deroga
decretos y artículos anteriores vinculados a las funciones ahora reasignadas y
fue remitida a las instituciones correspondientes para su conocimiento y
ejecución, conforme a las atribuciones constitucionales del Poder Ejecutivo.

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