El COI afirma que los deportistas transgénero podrán competir en los Juegos Olímpicos en la categoría de su sexo biológico
MADRID (17 Abril 2026).- El Comité Olímpico Internacional (COI) asegura que no hay ninguna exclusión a los deportistas transgénero y que, si logran clasificarse por sus méritos deportivos, podrán competir en los Juegos Olímpicos (JJOO) como los demás, pero deberán hacerlo en la categoría que corresponda a su sexo biológico.
El COI ha elaborado un documento con el que pretende
aclarar las dudas surgidas por la decisión adoptada el pasado 26 de marzo de
que sólo las mujeres biológicas podrán participar en las pruebas femeninas a
partir de Juegos de Los Ángeles 2028 y sin carácter retroactivo, por lo que no
afectará a resultados anteriores de deportistas que ya no hubieran cumplido los
nuevos requisitos.
Para la entidad que preside Kirsty Coventry, con esta
medida «no se excluye a las personas transgénero» de sus competiciones, pero
incide en que las que sean varones biológicos y cumplan los requisitos de
clasificación sólo podrán tomar parte en las pruebas de la categoría masculina.
«Al margen de los Juegos Olímpicos y otros eventos del
COI, las personas transgénero pueden participar en todas las demás
competiciones deportivas a su alcance, al igual que cualquier otro deportista
que no cumpla los requisitos de clasificación olímpica», esgrime.
Estas son algunas de las preguntas y respuestas contenidas
en el documento del COI:
-¿Cómo
se determina la elegibilidad para la categoría femenina?
Es preciso hacerse una prueba de detección del gen
SRY, sólo presente en los hombres biológicos. Las mujeres cuyo resultado en el
test sea negativo podrán competir en pruebas femeninas. Es una prueba no
invasiva, por métodos como el raspado del interior de la mejilla con un hisopo,
que sólo se hace una vez en la vida y que es altamente fiable.
Para el COI, es un test de gran precisión -«en más del
99 por ciento de los casos-, por lo que se trata de un requisito de elegibilidad
«excepcionalmente riguroso».
-¿Se
contemplan algunas excepciones?
La entidad olímpica va a tener en cuenta algunas
salvedades relacionadas con algunos trastornos genéticos de muy baja
prevalencia, como el síndrome de insensibilidad androgénica, que permitirán que
algunas mujeres portadoras del gen SRY puedan competir en la categoría
femenina.
Según el COI, las pruebas de detección sólo establecen
si existe o no el gen SRY, por lo que no pretende establecer un diagnóstico
médico. Si da positivo, la deportista podrá optar por someterse a pruebas
complementarias para determinar si presenta dicha condición excepcional.
También señala que las federaciones internacionales
podrán solicitar una excepción si demuestran que un deporte no depende de la
fuerza y el sexo no vulnera la equidad entre los deportistas, como es el caso
de la hípica, donde los deportistas no se clasifican por sexo.
El COI afirma que los deportistas transgénero podrán
competir en los JJOO en la categoría de su sexo biológico
-¿Por
qué se trata igual a las deportistas con DSD XY -personas que combinan
características sexuales masculinas y femeninas- y a los trans al obligarlas a
competir en la categoría masculina?
La entidad olímpica admite que puede hacer diferencias
entre ambos grupos en lo que respecta a cuestiones como la identidad de género,
el sexo jurídico o la crianza recibida, pero considera que comparten las mismas
características biológicas -presencia de cromosomas XY, el gen SRY y
testículos, así como niveles de testosterona en el rango masculino-.
Unas características que, añade, son responsables del
desarrollo sexual masculino y que confieren ventajas en el rendimiento
deportivo.
También pone énfasis en que es necesaria esta
separación para reducir los riesgos para la seguridad, como ocurre en deportes
de contacto.
-¿Qué
pasa si una persona se niega a someterse al test?
Las deportistas pueden negarse a hacerla, pero si no
demuestran su elegibilidad, no podrán competir en la categoría femenina a
partir de los próximos Juegos Olímpicos.
El COI reconoce que hay algunos países en la que esté
prohibida, como Noruega y Francia, pero los deportistas pueden efectuar la
prueba de detección en otro país que sí las considere legales, sin que ello
suponga infringir la normativa nacional.
-¿Los
menores se someterán a estos test?
Los deportistas menores de edad, con el consentimiento
de sus padres o tutores, pueden decidir efectuar una validación de elegibilidad
en una fase temprana de su carrera para confirmar en qué categoría se
encuentran durante toda su carrera deportiva.
En los Juegos Olímpicos de la Juventud, esta medida
será obligatoria a partir de 2030.
–
¿Por qué se adopta ahora ésta la nueva postura sobre la participación de las
mujeres biológicas?
Según la entidad olímpica, los criterios anteriores
habían quedado desfasados con respecto a los últimos avances científicos y no
eran compatibles con sus objetivos para la categoría femenina.
Alega, además, que se tuvieron en cuenta posturas de
integrantes del Movimiento Olímpico, de federaciones internacionales y de
deportistas y que hubo un grupo de trabajo integrado por expertos
independientes a los que se les encomendó hacer un estudio y cuyos nombres el
COI no va a hacer públicos.
-¿Qué
ocurre con los resultados de medallas anteriores, como el torneo de boxeo de
París 2024?
El COI remarca que todos los participantes en boxeo en
París 2024, donde destacó el caso de la argelina Imane Khelif, «cumplieron con
las normas de elegibilidad y participación de la competición, así como con
todas las normas médicas vigentes en ese momento», por lo que no afecta a sus
resultados.
El enfoque en materia de elegibilidad, especialmente
en lo que respecta a la categoría femenina, ha cambiado en numerosas ocasiones
desde 2000, recuerda el COI, con el fin de tener en cuenta los últimos avances
científicos y los intereses del Movimiento Olímpico.


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