Oficina Atención Permanente Santo Domingo Este conocerá este jueves solicitud imposición prisión preventiva contra la cantante urbana Masha y otros dos jóvenes
SANTO DOMINGO, República Dominicana (13 Mayo 2026).- La jueza Karen Casado Minyety, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este, conocerá este jueves la solicitud de imposición de prisión preventiva, como medida de coerción, contra la cantante urbana Karla Julisa Rodríguez conocida como (Masha) y otras dos personas arrestadas el pasado 9 de mayo mientras se desplazaban por la avenida Mella, del sector Andrés, del municipio Boca Chica, portando dos armas de fuego de manera ilegal.
Alexander Martínez Nolasco, de 18 años de edad, y
Karla Julisa Rodríguez (Masha) y Ashley Mariel Sánchez Victorino, ambas de 19
años, fueron arrestados en flagrante delito y posteriormente sometidos a la
justicia.
La solicitud de medida de coerción está sustentada con
distintas pruebas documentales, testimoniales y materiales, incluyendo el acta
de arresto en flagrante delito, así como las armas de fuego ocupadas y el
vehículo en el que se desplazaban.
El fiscal litigante Tito González representará
nuevamente al Ministerio Público en la audiencia.
La fiscal Zayra Soton, del Departamento de
Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía de Santo
Domingo Este, establece en la solicitud de medida de coerción que las armas
fueron ocupadas en una yipeta marca Honda CRV, color blanco, que era conducida
por Rodríguez, quien a su vez estaba acompañada por Sánchez Victoriano y
Martínez Nolasco.
Durante una requisa al vehículo fueron encontradas dos
armas de fuego tipo pistolas, calibre 9MM, ambas marcas Glock, la primera con
su cargador y 04 cápsulas para la misma, y la segunda sin cargador. En medio de
la palanca de los cambios también fue encontrado un cargador para pistola,
color negro, con capacidad para 30 cápsulas, teniendo dentro 10 cápsulas para
el mismo.
El Ministerio Público otorgó al caso la calificación
jurídica provisional de porte ilegal de armas de fuego, ilícito penal,
tipificado y sancionado en los artículos 43-B, 66 y 67 de la Ley 631-16 para el
Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
El Ministerio Público sostiene que la medida de
coerción más idónea a imponer a los imputados en este caso es la prisión
preventiva, ya que estos no ofrecen garantía para presentarse a los actos del
procedimiento, porque a pesar de contar con un domicilio conocido, dada la pena
que podría imponérseles por los hechos penales por los que se le investiga,
existe un alto riesgo de que intenten sustraerse al proceso.



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