Torres Baena, condenado a 302 años de prisión por actuar como un 'depredador sexual'
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LAS PALMAS DE CANARIAS.- La Audiencia de Las Palmas
ha condenado el viernes al principal imputado en el 'caso Kárate', Fernando
Torres Baena, a 302 años de cárcel, como autor de 35 delitos de abuso sexual y
otros 13 de corrupción de menores.
La sentencia del mayor proceso por pederastia
juzgado hasta la fecha en España y leída en vista pública por el magistrado
Salvador Alba, condena además a 148 años de prisión a María José González,
esposa de Torres Baena y monitora de su academia de artes marciales, y a 126
años a Ivonne González, profesora de kárate del mismo centro.
El tribunal encuentra culpables a ambas de múltiples
delitos de corrupción de menores y abusos sexuales, pero absuelve al cuarto
imputado en este procedimiento, el monitor Juan Luis Benítez, para el que se
habían solicitado condenas de hasta 20 años de prisión.
La Audiencia de Las Palmas subraya que este sumario
recoge un caso de "megaabusos", "sin precedentes en la historia
jurisprudencial del país", en el que medio centenar de personas fueron
sometidas "a relaciones sexuales indiscriminadas, daba igual la edad o el
sexo", durante cerca de 20 años.
El tribunal considera que estos hechos merecen
"el máximo castigo" previsto en el Código Penal y, además,
"exhorta" de forma expresa al legislador a endurezca el castigo para
este tipo de delitos, por entender que la condena máxima que cumplirán Torres
Baena, Ivonne González o María José González (20 años de prisión) "resulta
insuficiente".
La Audiencia de Las Palmas considera probado que
Torres Baena se comportó con los alumnos de su academia de artes marciales como
"un depredador sexual" y organizó con ellos "auténticas orgías"
sin importad su edad o género.
Así consta en los hechos probados de la sentencia,
que constata que Torres Baena, ex campeón nacional de kárate, se aprovechó de
su "condición de héroe deportivo" y de su "ascendencia
emocional" sobre sus alumnos, muchos de ellos menores de edad, para
"doblegar su voluntad" y satisfacer con ellos sus "deseos
lúbricos".
Un
'plan preconcebido'
El tribunal también considera probado que
participaron en ese tipo de prácticas su esposa, María José González, y la
monitora Ivonne González, pero no así el cuarto acusado, Juan Luis Benítez.
La sentencia entiende que Torres Baena, su esposa e
Ivonne González seguían un "plan preconcebido" para abusar de un
grupo de alumnos, a los que presentaban como "los elegidos".
Los procesados generaban "miedo y respeto"
sobre sus alumnos, a los que "abroncaban" y obligaban a
"entrenar horas y horas" si se negaban a mantener relaciones
sexuales.
"El acceso de los acusados a las relaciones
sexuales no se producía de modo inminente o espontáneo, sino que con carácter
previo eran sometidos a charlas sexuales por parte de Fernando Torres Baena y
María José González", continúa el relato judicial.
Torres Baena, asegura el magistrado ponente, captaba
a sus víctimas "desde muy temprana edad" e instruía a sus elegidos
sobre cómo "la práctica del sexo en el más amplio sentido de la
palabra", con todo tipo de prácticas, heterosexuales, homosexuales, o en
grupo, "mejoraría su vida" y les haría "mejores
luchadores".
También aprovechaba su ascendencia como 'sensei'
(maestro de artes marciales) de prestigio internacional para anular los
vínculos con sus familias, diciéndoles que sus padres "no eran nada".
La sentencia estima probado que Torres Beana
organizó una estructura "marcial" y "jerarquizada", en la
que "nadie osaba discutirle" y en la que las procesadas Ivonne y
María José González colaboraban a "doblegar la voluntad de las
víctimas".
Mujeres con 'clara ascendencia sobre los menores'
Las dos mujeres "tenían una clara ascendencia
sobre los menores", como "mano derecha del sensei", sin que
puedan alegar que se limitaban a cumplir las órdenes de Fernando Torres Baena
en contra de su voluntad. "Antes bien, María José e Ivonne tenían
iniciativa en la práctica de esas relaciones sexuales", añade el fallo.
La Audiencia de Las Palmas entiende que las víctimas
de estos abusos fueron sometidos a todo tipo de prácticas, desde "sexo
anal con Torres Baena hasta tríos, cuartetos o sexo indiscriminado".
El tribunal considera que esas prácticas se
prolongaron durante unos 20 años, en una dinámica que hubiera sido
"imposible" sin la colaboración de las dos procesadas con Fernando
Torres Baena.
Fernando Torres, María José González e Ivonne
González son, por ello, coautores de múltiples delitos de abusos sexuales, ha
adelantado el magistrado ponente.
Respecto a los cargos de corrupción de menores, el
tribunal sólo declara culpable a Torres Baena, al estimar que ese delito sólo
lo puede cometer quien organizaba los encuentros sexuales.
Un juicio con numerosos testigos
El juicio del 'caso Kárate' se inició el 3 de mayo
de 2012 y se prolongó hasta el pasado mes de diciembre. Durante este tiempo,
numerosos testigos aseguraron haber sufrido abusos sexuales siendo menores de
edad por parte de los acusados.
Con todo, la Fiscalía solicitó un total de 303 años
de prisión para Fernando Torres Baena, 154 para María José González, 146 para
Ivonne González y 18 para Juan Luis Benítez, mientras que las defensas piden la
libre absolución de los acusados.
Durante la primera jornada del juicio, los cuatro
acusados negaron haber abusado sobre los que por entonces fueron sus alumnos en
una escuela de artes marciales de Torres Baena en Las Palmas de Gran Canaria y
en el chalet que éste tenía en Vargas.
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