SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Baltasar
Garzón, el jurista español, famoso por su lucha contra la corrupción y el terrorismo, definió como
ilegal el mantenimiento en prisión del economista Luis Álvarez Renta, de quien
dice cumplió la condena de diez años el
18 de junio del 2013, “sumadas las penas en prisión efectiva y en prisión
domiciliaria”.
En una comunicación dirigida al procurador general
de la República, Francisco Domínguez Brito, el exmagistrado de la Audiencia
Nacional de España, se refiere a la
jurisprudencia de los tribunales dominicanos, “especialmente de la Suprema
Corte, sobre el abono de la prisión domiciliaria como parte de la pena para
determinar la extinción de la totalidad de la pena”, y apunta que todos los
precedentes judiciales y doctrinales son favorables a esa interpretación.
Tras señalar que solo en el caso de Álvarez Renta se está aplicando una
posición diferente a esa doctrina de la
justicia dominicana, el actual asesor
del Tribunal Penal Internacional de La
Haya, afirma que “con ello se está atentando clamorosamente al
derecho a la libertad irrestricta a la que aquel es acreedor”.
“Señor Procurador, usted sabe la admiración que
siento por usted y el respeto que le tengo, por tal motivo, le pido
encarecidamente que revise la situación de la que le hablo y ordene se tomen
las disposiciones precisas para que la autoridad judicial haga cesar esta
situación contraria al derecho”, indica
Garzón en su misiva.
A continuación el texto completo de la carta:
Agosto 27, 2013
Honorable Magistrado Francisco Domínguez Brito,
Procurador General de la República Dominicana
Respetado Sr. Procurador:
Le ruego que me disculpe por escribirle este texto a
través de la procuradora Danissa Cruz, pero considero que esta es la vía más
adecuada para hacerle llegar mi seria preocupación por los acontecimientos que
están sucediendo y que afectan directamente a la persona de mi patrocinado Luis
Álvarez Renta.
Desde su último internamiento, su situación física y
psicológica se ha tornado en insostenible. La actuación inverosímil y más que
discutible del responsable de prisiones o de quien impidiera su salida que
generó una grave incidencia en el paciente, demuestra una vez más el trato
injusto, por no darle otro calificativo, dispensado a Luis Álvarez Renta.
En la actualidad como usted bien sabe, se halla
internado bajo severo tratamiento médico. Desde luego la actuación sostenida en
su contra, guarda inmediata relación con el deterioro manifiesto de su salud,
como sin duda le habrán informado.
Señor Procurador, como bien sabe, desde el 18 de
junio de 2013, el tiempo de pena del paciente, se cumplió. Sumadas las penas en
prisión efectiva y en prisión domiciliaria, dan como resultado la extinción de
la pena, sin que pueda oponerse argumento de consistencia en contra, como no
sea por las circunstancias personales y sociales del paciente, lo que sería de
una gravedad inusitada.
Usted conoce la jurisprudencia de los tribunales
dominicanos, especialmente de la Corte Suprema, sobre el abono de la prisión
domiciliaria como parte de la pena, para determinar la extinción de la totalidad de la pena. Todos los
precedentes judiciales y doctrinales son favorables a esta interpretación. Solo
respecto de Luis Álvarez Renta, se está aplicando una posición diferente a esta
doctrina y con ello se está atentando clamorosamente al derecho a la libertad
irrestricta a la que aquel es acreedor.
Señor Procurador, en mi última visita que le hice a
usted le hice notar esta circunstancia antes de que llegara el día 18/6/13;
usted estuvo de acuerdo en la consideración de que la pena cumplida en prisión
domiciliaria era parte de la pena y así se debía computar y que la procuraduría
actuaría conforme a la ley. Incluso, recordará, que me pidió que le enviara
todos los antecedentes y precedentes al respecto y así lo hice.
Sin embargo, de momento, la posición del Ministerio
Público, no ha sido favorable a la libertad de LAR. Antes al contrario, la
tramitación del Habeas Corpus planteado por aquel, se está dilatando en forma
injustificada a través de maniobras claramente dilatorias que usted como guardián
de la legalidad no puede transigir. El Habeas Corpus, con una u otra resolución
(para mí no hay otra alternativa válida que la de la libertad inmediata, porque
cada día que pasa se agrava la situación) debería de haberse resuelto en breve
espacio de tiempo (llevamos dos meses y ocho días, de extensión ilegal de la
prisión).
La situación de prisión y la falta de resolución del
Habeas Corpus es de tal magnitud que guarda inmediata relación con el estado de
salud, cada vez más precario de Luis Álvarez Renta. Cuando menos y con el fin
de no agravar más la situación, como defensor de la legalidad, el Ministerio
Público que usted dirige, debería reclamar en forma inmediata la cesación de
esa situación aparentemente ilegal, con independencia de quien sea el
beneficiario de la medida, ni de la posición social que ocupe o lo que incomode
con la reivindicación de sus derechos.
Señor Procurador, usted sabe la admiración que
siento por usted y el respeto que le tengo, por tal motivo, le pido
encarecidamente que revise la situación de la que le hablo y ordene se tomen
las disposiciones precisas para que la autoridad judicial haga cesar esta
situación contraria al derecho.
En mi responsabilidad como abogado y jurista y por
encima de los intereses profesionales, soy defensor, como usted, de los
derechos humanos y no podemos dejar pasar esta situación por más tiempo, porque
hacerlo es ser partícipe de lo que acontezca. Cumplo con esta obligación de
denuncia que amerita una decisión perentoria por su parte que garantice la
libertad inmediata de Luis Álvarez Renta.
Baltasar
Garzón
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