MADRID.- La Reina y los Príncipes de Asturias serán
aforados ante el Tribunal Supremo, es decir, en caso de ser imputados por algún
delito la causa corresponderá tramitarla al Alto Tribunal, ha anunciado el
ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, al término del Consejo de
Ministros.
Así se contempla en el informe previo al
anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que ha
sido aprobado este viernes en el Consejo de Ministros y que hará que la Reina y
los Príncipes tengan el mismo tratamiento judicial que otros altos cargos, como
el presidente del Gobierno, sus ministros, diputados y senadores y la cúpula
judicial.
Concretamente, la intención del Ejecutivo es la de
mantener a los aforados que ya contempla la legislación e incluir en esta lista
"al rey consorte, al consorte de la reina y al príncipe y su
consorte", según ha detallado Ruiz-Gallardón.
El ministro ha recordado que no hay necesidad de
extender el aforamiento al Rey puesto que la Constitución ya establece en su
artículo 56 que "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a
responsabilidad".
En la rueda de prensa posterior al Consejo de
Ministros, el ministro ha asegurado que el aforamiento no es un beneficio para
el aforado, sino "un instrumento para aumentar la seguridad jurídica sobre
personas que el legislador entiende que deben ser objeto de una tutela por
razón de las funciones que se le encomiendan".
Ruiz-Gallardón ha reconocido que el Gobierno
consideraba una "disfunción" en la estructura del Estado el hecho de
que un ministro estuviese aforado y el Príncipe no.
Preguntado por la exclusión de esta reforma de otros
miembros de la Familia Real, ha justificado que "solamente se incluyen
aquellos que ejercen efectivamente funciones de Estado". Por este motivo,
se ha excluido de la condición de aforado a las infantas y sus consortes, ha
respondido Ruiz-Gallardón al ser preguntado por si la decisión del Ejecutivo
está relacionada con la imputación de Iñaki Urdangarin en el caso Nóos y la
declaración en este proceso de su esposa, la Infanta Cristina.
El ministro ha defendido este cambio porque este
aforamiento "ha sido tradicional" y ha señalado que "no podemos
hablar de aumento" en las personas afectadas, pues el mayor número de
aforamientos "es constitucional" e implica al Congreso y el Senado.
"No es un privilegio, en algunos casos es un
perjuicio", ha insistido, pues esta figura limita la posibilidad de
recurrir una decisión judicial, ya que el Supremo es un tribunal de última
instancia.
Estatuto
para la Casa Real
Asimismo, ha negado que la decisión de extender la
condición de aforado a miembros de la Familia Real decidida hoy, por primera
vez en la historia de España, esté relacionada con la redacción de un estatuto
específico para la Casa Real.
En ese sentido, ha explicado que la Constitución lo
que establece en el artículo 57.5 es que "las dudas de hecho o de
derecho" relacionadas con la Corona se resolverán por una ley orgánica, lo
que no supone que la Carta Magna obligue a la aprobación de esta norma.
"No lo hace; lo que dice ese artículo de la
Constitución es que si surge una duda de hecho o derecho se tiene que resolver
esa duda a través de una ley orgánica. Esa es la interpretación que han hecho
todos los constitucionalistas de ese artículo, por eso no existe ninguna
necesidad de hacer un estatuto general", ha manifestado.
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