TSE declara inadmisible referimiento de ejecución sentencia y fijación astreinte de Gómez Mazara
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SANTO DOMINGO, República Dominicana (23 Junio
2014).- Fue declarada inadmisible por el Tribunal Superior Electoral (TSE), la
demanda en referimiento de ejecución de sentencia y fijación de astreinte
incoada por Guido Gómez Mazara y compartes contra la Comisión Organizadora de
la Trigésima Convención Ordinaria del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
El tribunal presidido por el magistrado Mariano
Rodríguez rechazó de oficio la demanda por considerar que la misma es
extemporánea.
Asimismo, el tribunal también rechazó la excepción
de nulidad propuesta por la parte demandada, Comisión Nacional Organizadora de
la Trigésima Convención Nacional Ordinaria Noel Suberví Espinosa y el
interviniente forzoso (PRD), por ser la misma infundada y carente de sustento
legal.
El tribunal, integrado, además, por Mabel Feliz,
José Manuel Hernández Peguero, Marino Mendoza y Jhon Guiliani, dispuso que
la ordenanza sea publicada y notificada
a las partes y a la Junta Central Electoral (JCE), para los fines correspondientes.
Además de Gómez Mazara, entre los demandantes se
encuentran Samuel David Blanc, Alexis Mairení Mateo Díaz, Miguel A. Rodríguez,
Reynaldo Casalinovo, Domingo Antonio Peguero González, Teodocio Araujo Brito,
José Rivas y Andrés Cueto Rosario.
“Procede declarar inadmisible, de oficio, la
presente demanda en referimiento, por la misma resultar extemporánea, tal y
como se hará constar en la parte dispositiva de la presente sentencia; en
consecuencia, resulta innecesario que este Tribunal proceda a conocer el fondo
de la presente demanda”, acotó la sentencia del tribunal.
Señala que la sentencia, “cuya ejecución se procura
mediante la presente demanda en referimiento está siendo cumplida por la parte
demandada, de lo que resulta que la misma está afectada del vicio de
extemporaneidad, en razón de que se procura el cumplimiento de obligaciones sin
que aún haya llegado el término fijado por el tribunal y en razón, además, de
que actualmente no existe ninguna violación de la parte demandada a los
mandatos y plazos establecidos en la sentencia cuya ejecución se solicita por
medio de la presente demanda.”
En cuanto a lo relativo a la acreditación de los
delegados, el tribunal entiende que los delegados serán acreditados entre los
días 5 y 10 de julio de 2014, mientras que los procesos de convención serán
celebrados el 13 y 20 de julio de 2014, respectivamente.


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